PRIMERA FASE IMPLANTACION OFICNA JUDICIAL
En el día de ayer celebramos nueva reunión para seguir con la negociación de las RPTs de las OJM y oficina judicial de los partidos judiciales de la primera fase de implantación, en ámbito ministerio con la asistenia (UGT, CCOO, CSIF, CIG y ELA)
Sin novedad sobre las rpts de las estas oficinas, la administración no cambia ni admite ninguna de las alegaciones formuladas por las distintas organizaciones sindicales. Solo se compromete a eliminar la compatibilidad de alguno de los puestos de alguna oficina municipal, una vez tenga comprobadas las cargas de trabajo que puedan tener una vez asumidas las nuevas tareas que van a realizar
Dado que el único criterio objetivo a día de hoy es el de la población a la que prestan servicios, siendo evidente el desfase existente entre las plantillas de las diferentes oficinas de justicia municipales, UGT solicita el incremento de las plantillas en las diferentes OJM, y que se establezca la siguiente plantilla en función de la población: Hasta 10.000 habitantes que estén servidas por 3 funcionarios de la Administración de Justicia, de 10.001 hasta 20.000 servidas por 4 funcionarios, de 20.001 a 40.000, 5 funcionarios, y que a partir de esta población se cree el tribunal de instancia correspondiente. Caso de no crearlo, incrementar hasta 6 los funcionarios de las OJM que prestan servicios a más de 40.000 habitantes.
Dada la posibilidad que plantea la administración de modificar rpts, de las OJM una vez tengan las cargas de trabajo que van a asumir estas, en función de las nuevas tareas que asumen, por parte de UGT, se solicita sean eliminadas las RPTs con compatibilidad a todos los puestos de las oficinas de justicia municipal y agrupaciones, hasta ver y comprobar fehacientemente dichas cargas de trabajo y negociar en su caso, en cuales puede existir ese puesto compatible con la oficina judicial.
Asimismo, reiteramos que la plaza de Gestor con funciones de secretaria, sean puestos singularizados con jefatura de equipo, y que el personal de estas oficinas que realice actos de comunicación y/o ejecución fuera de la sede de la propia oficina, vea incrementado esa tarea económicamente reconocida en la correspondiente rpt.
Avanzada la reunión, la Administración nos sorprende a todos los asistentes con el cambio de modelo de oficina judicial de los partidos judiciales de Torrijos, Illescas, San Javier, Totana y Molina de Segura, eliminando los diferentes servicios comunes general y de ejecución que se contemplan en el propio modelo de referencia elaborado por el propio Ministerio y que nos había trasladado hace días a las organizaciones sindicales.
Este cambio es rechazado totalmente por UGT y el resto de las organizaciones sindicales presentes en la mesa. La justificación del Ministerio para cambiar los modelos de referencia antes indicados es que los secretarios de Gobierno de Murcia y Castilla la Mancha consideran que tener ubicados a todos los funcionarios en un único servicio común de tramitación les facilita la labor a la hora de organizar el trabajo y poder disponer a su antojo de toda la plantilla para realizar unas labores u otras.
Esta propuesta es rechazada por UGT toda vez que es contraria al modelo propuesto por esta organización sindical, donde al contrario de la opinión de los secretarios de gobierno mencionados
Para UGT es imprescindible la creación del Servicio común General en aquellos partidos judiciales que tengan 3 o más unidades judiciales, y la creación del servicio común de Ejecución donde los asuntos registrados superen los 6000 procedimientos anuales y partidos judiciales con 6 o más unidades judiciales.
Dentro de estos servicios comunes deben crearse áreas y equipos para que los funcionarios sepan desde el inicio la función o tarea asignada y que la organización de esos servicios comunes sea eficaz tanto para la prestación del servicio publico de justicia como para garantizar la estabilidad del puesto de trabajo de todos los que prestamos servicios en la administración de justicia.
Para todos los puestos de estos servicios comunes, ya que en la actualidad son juzgados mixtos, estas rpts deben llevar asociada la GU, o sea, la posibilidad de realizar las guardias tal y como se recoge en el acuerdo firmado el pasado 8 de enero.
Para los puestos genéricos, que realizan además de las tareas genéricas y que asuman las tareas de violencia sobre la mujer, deben establecer que son puestos genéricos con especificidades, criterio 8 de los modelos de referencia, para su reconocimiento económico en la correspondiente rpt. Asimismo, los puestos que realicen salidas a centros penitenciarios y para realizar actos de comunicación y/o ejecución, debe recogerse en las correspondientes rpts, para su valoración económica, con los complementos que ya están recogidos para esas tareas.
El LAJ encargado de la oficina general del registro civil debe venir reflejado en la correspondiente Rpt, para su identificación previa a cualquier proceso de cobertura de esas plazas.
Por UGT se solicita que se establezca una ratio de funcionarios para cada plaza judicial, y que en el caso de creación de plazas judiciales, esa creación vaya acompañada de la creación de los correspondientes puestos de funcionarios de la administración de justicia que prestan servicios a dicha unidad judicial, con la distribución correspondiente en los diferentes servicios comunes de la oficina judicial.