Relaciones laborales, Covid y protección de datos

En el contexto de emergencia de salud pública las empresas y las personas trabajadoras han tenido que hacer frente a un “maremágnum” de medidas adoptadas por las autoridades competentes que han afectado entre otras, a la normativa sanitaria, laboral y de protección de datos personales.

Un ámbito normativo de emergencia que se ha tenido que adoptar para afrontar el impacto laboral de la pandemia y que ha suscitado situaciones complejas que generan relevantes dudas en diferentes ámbitos jurídicos, entre los que se encuentra el tratamiento de datos personales, campo que de facto ha visto como detrás de las medidas tomadas, se ha suspendido este derecho fundamental individual en pro del bien común.

En la medida en que las disposiciones emprendidas tienen un carácter dinámico que conlleva su modificación en función de la evolución del virus, surgen nuevos contextos y situaciones que han llegado a afectar a la regulación de los derechos fundamentales reconocidos en nuestra Constitución, contexto que nos obliga a vigilar si dichas medidas limitadoras de derechos fundamentales son necesarias para conseguir el fin perseguido, atendiendo a la proporcionalidad entre el sacrificio del derecho y la situación en que se halla aquél a quien se impone.

Medidas que, en cualquiera de los casos, han debido ser adoptadas por la autoridad sanitaria competente, y que así mismo conllevan el correspondiente tratamiento de datos en adecuación a los objetivos de prevención y contención fijados por el Ministerio de Sanidad, objetivos analizados en este documento a través de la observancia principalmente de la regulación contenida en la Estrategia de detención precoz, vigilancia y control de la Covid-19, el Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-Cov-2, y las Instrucciones sobre realización de pruebas diagnósticas para la detección de la Covid-19 en el ámbito de las empresas, y en la afectación que tal regulación ha tenido en el contenido de los derechos regulados en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

El presente estudio, realizado por los compañeros del Servicio de Estudios de UGT  y que adjuntamos en pdf, aborda el análisis de las situaciones más relevantes a las que han tenido que hacer frente las empresas y las personas trabajadoras en relación a la prevención de los riesgos laborales y la protección de datos, dando así respuesta a las cuestiones que con mayor frecuencia nos han sido planteadas por nuestros afiliados:

  • ¿Puede la empresa durante el proceso de selección solicitar a los candidatos que acrediten haber superado la Covid?
  • ¿Puede el empresario exigir a los trabajadores un certificado de inmunidad?
  • ¿Puede la empresa exigir a las personas trabajadoras que se realicen test de diagnóstico de Covid proporcionados por ella?
  • ¿Puede el empresario imponer al trabajador con síntomas compatibles con el SARS‐CoV‐2 la realización de un test de diagnóstico Covid?
  • ¿Puede el empresario imponer a los trabajadores asintomáticos la realización de un test de diagnóstico Covid?
  • ¿Si la persona trabajadora ha dado positivo tras la prueba diagnóstica, puede el empresario difundir su nombre al resto de trabajadores?
  • Si el trabajador tiene sospecha de contagio o ha dado positivo, ¿debe notificar sus datos a la empresa?
  • Trabajadores especialmente sensibles.
  • ¿Se puede tomar la temperatura a los trabajadores con el fin de detectar casos de coronavirus?
  • ¿Puede el empresario obligar a sus trabajadores a que se vacunen?
  • Registro Estatal de Vacunación
  • Certificados de vacunación o certificado digital verde.

 

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UGT Servicios Públicos

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