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Mugeju: Memoria del Organismo correspondiente al ejercicio 2020, aprobada en la sesión ordinaria de la Comisión Rectora celebrada el pasado 2 de junio

 Tal como prescribe el artículo 5.1 del Real Decreto 96/2019 que reordena y actualiza la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial, por la Comisión rectora en sesión celebrada el pasado mes de junio presentamos y damos cuenta de la actividad desplegada por la Mutualidad a lo largo del pasado año 2020. Ha sido un año especial, que por una parte ha supuesto una consolidación de la nueva estructura organizativa de la Mutualidad; y por otra, hemos tenido que hacer frente a una situación absolutamente nueva y que, al inicio del pasado año, era totalmente imprevisible: la pandemia provocada por el COVID- 19, lo que ha afectado de manera notable al funcionamiento de la Mutualidad y ha exigido un esfuerzo extraordinario del personal que presta servicio en la misma para garantizar la prestación del servicio en las mejores condiciones a nuestros mutualistas y beneficiarios. En cuanto a la situación del personal de la Mutualidad, por Orden JUS/201/2019, de 25 de febreo se había aprobado la relación de puestos de trabajo del personal de la Administración de Justicia, dicha RPT fue impugnada y la Audiencia Nacional dictó sentencia anulando la misma. En razón de ello se abrió un proceso negociador con las Centrales Sindicales que culminó en la aprobación de una nueva RPT en la Orden JUS/1038/2020, de 23 de octubre.

En la segunda mitad del año se produjo un relevo en la dirección de la Mutualidad. Así en el mes de julio cesó como Gerente de la misma Dª Concepción Sáez Rodríguez, tomando posesión como nuevo Gerente D. Luis Ignacio Sánchez Guiu. Y el 14 de diciembre cesó como Secretario General D. Ernesto Garrote Pérez tomando posesión D. Javier Leyra Arribas. La pandemia y el estado de alarma que provocó ha servido de acicate para seguir profundizando en la renovación de los métodos y herramientas de trabajo para posibilitar que en la relación con la Mutualidad se pueda reducir al mínimo la necesidad de acudir tanto a la sede central de Madrid, como a las Delegaciones, para realizar las gestiones precisas, evitando los desplazamientos y ello sin merma en la calidad del servicio.

Es deseable fortalecer la posibilidad de realización de trámites de manera presencial a fin de velar por una mayor seguridad de las personas. Durante el año 2020, y debido a la pandemia, no ha habido altas nuevas derivadas de concurso-oposición y muy pocas altas de titulares por derecho derivado, por lo que teniendo en cuenta las bajas periódicas que se dan por fallecimientos y por beneficiarios que causan baja al incorporarse al mercado laboral, se ha producido un descenso en el colectivo de la Mutualidad. Otro aspecto destacable, derivado de la pandemia, ha sido las actuaciones de los mutualistas en materia de afiliación a través del portal del mutualista, medio al que se debe tender para una mayor eficacia y agilidad en el tratamiento de los datos de nuestros mutualistas. En el ámbito presupuestario un año más hemos tenido un presupuesto prorrogado lo que ha generado algunas disfunciones.

El presupuesto inicial de la Mutualidad General Judicial para el año 2020 fue de 104.543.170,00 euros, manteniendo el importe de los dos ejercicios precedentes, teniendo en cuenta que se había prorrogado nuevamente el presupuesto aprobado en 2018. Por su parte, el presupuesto total ascendió a 112.543.170,00 euros, debido a la ampliación de crédito de 8.000.000,00 euros, para dar cumplimiento a la Orden del Ministerio de Hacienda por el que se requiere el ingreso en el Tesoro Público de las disponibilidades líquidas, en virtud de lo establecido en el Real Decretoley 11/2020 de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. El importe de las obligaciones reconocidas netas del año 2020 fue de 110.285.216,79 euros, por lo que el grado de ejecución presupuestaria se sitúa en el 97,99 %, frente al del ejercicio 2019 que fue del 97,61 %.

Desde el 21 de marzo de 2020 y durante el periodo en el que se prolongó el estado de alarma y sus prórrogas, se excluyó el requisito del visado de recetas de MUGEJU; así como de otros productos que lo requerían, por lo que durante ese periodo, los mutualistas pudieron acudir directamente a la farmacia para obtener aquellos medicamentos y productos sanitarios que necesitaban visado previo por parte de MUGEJU. En este período se ha impulsado en muchas Comunidades Autónomas la receta electrónica para los mutualistas acogidos a la opción INSS lo que ha servido de base para la aplicación definitiva del visado electrónico, que una vez realizado no necesita la repetición del trámite. Así terminamos el año con la mirada puesta en el futuro y en el reto de continuar mejorando la calidad del servicio que prestamos y la renovación de nuestras herramientas y métodos de trabajo para lograr ese objetivo.

Memoria 

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