La aprobación de la reforma laboral ha aumentado el número de denuncias laborales ante la Inspección de trabajo
UGT Servicios Públicos ha proseguido por segundo día sus jornadas federales de Acción Sindical y Negociación Colectiva, que se celebran desde ayer en Madrid bajo el título ‘Esenciales, indispensables y comprometidos para todas y todos’, y que reúnen a más de un centenar de delegados sindicales de toda España.
La jornada de hoy ha arrancado con las ponencias de Carolina Martínez Moreno, catedrática de Derecho laboral en la Universidad de Oviedo, y de Luz Martínez Ten, secretaria de Igualdad y Políticas Sociales de UGT SP, quienes han centrado sus intervenciones tanto en la visión académica como sindical del acoso laboral y el acoso por razón de sexo.
Martínez Moreno presentó el marco legal, puso algunas cifras al problema y señaló que el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el ámbito laboral en España son llevados a cabo mayoritariamente por varones. En un 47,4% son superiores jerárquicos, en un 32,4% son personas de la misma categoría laboral, en un 9,2% son otro tipo de personas, entre las que figuran familiares o amigos del jefe y un 1,5% provienen de clientes.
También resaltó que una de cada cinco mujeres acosadas sexualmente lo han sido en el ámbito laboral, que solo una de cada diez mujeres han manifestado que en su empresa existían medidas destinadas a corregir acciones de ese tipo, que siete de cada diez mujeres entrevistadas no habían puesto en conocimiento de la empresa el haber sido víctimas y que en un 61,9% no lo hicieron por temor a represalias.
Martínez Moreno, que llamó la atención sobre las pocas intervenciones de la Inspección de Trabajo por esta materia, recordó que acoso es cualquier conducta realizada por razón de algunas de las causas de discriminación previstas en la ley con el objetivo o la consecuencia de atentar contra la dignidad de una persona o grupo en que se integra o de crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo. En este marco, definió acoso sexual como una conducta que tiene naturaleza sexual, y acoso (moral) por razón de sexo aquella otra en la que el sexo es la razón, no el contenido de la conducta. Además, citó otros acosos discriminatorios multicausales, como la orientación o la identidad sexual, la edad, discapacidad, etnia, nacionalidad, religión o creencias.
La catedrática citó las obligaciones empresariales en materia de acoso, como vigilar que no exista acoso vertical, horizontal ni de terceros, salvaguardar la salud laboral, investigar los daños para la salud, coordinarse para evitar la violencia física externa o ejercitar el poder disciplinario cuando sea preciso; así como las garantías de la víctima y los medios de tutela.
Sobre las medidas preventivas, habló de la obligación de la empresa de mantener o cuando menos promover un ambiente o clima laboral sano, una organización transparente y participativa, el fomento de un clima de respeto y tolerancia, evitar con todo ello el riesgo de acoso sexual o moral, evitar la lesión y establecer sistemas de gestión y resolución de conflictos.
Luz Martínez Ten ha señalado que, aunque mujeres y hombres sufren hostigamientos y acosos en los lugares de trabajo y se puede sufrir acoso sexual y por razón de sexo, la violencia que afecta a las mujeres en el ámbito laboral es mayoritaria y obedece la mayor parte de las veces a comportamientos machistas. Además, recordó que el acoso está legislado desde 1998 y que ya no se normalizan conductas que antes sí se hacían, puesto que la normativa lo penaliza.
La responsable de Igualdad y Políticas Sociales de UGT SP enumeró algunas de las discriminaciones posibles en el empleo, como la brecha salarial, el techo de cristal, el suelo pegajoso, la precariedad, la sobrerrepresentación en la jornada parcial o reducciones de jornada para compaginar los cuidados. El acoso sexual y por razón de sexo son el reflejo y la consecuencia de las desiguales relaciones de poder existentes entre hombres y mujeres y por tanto responden a los roles de superioridad y subordinación de la cultura patriarcal que lo impregna todo.
Además, citó un estudio de 2021 realizado por el Instituto Europeo de la Igualdad de Género en el que se asegura que el acoso sexual no se denuncia en suficiente medida por miedo a que las relaciones en el trabajo se viesen afectadas de forma negativa, que la denuncia no fuese creía o que afectase de forma negativa a la carrera profesional.
Por ello, emplazó a las delegadas y delegados sindicales a que a través de la negociación colectiva sean la voz en cada centro de trabajo para hacer que el acoso sexual y por razón de sexo sean reconocidos en los convenios colectivos. También consideró imprescindible hacer una enorme labor de sensibilización y pedagogía para que directivos y trabajadores y trabajadoras aprendan a mirar y ver los comportamientos constitutivos de acoso, así como a ser parte activa e implicada en la detección, acompañamiento, penalización y erradicación del problema, y con independencia de que haya o no denuncia por parte de la víctima.
Martínez Ten afirmó que el acoso sexual y el acoso por razón de sexo deben ser abordados en el ámbito laboral como forma de discriminación de sexo-género y como formas de violencia machista que implican vulneración de derechos fundamentales de las personas, como son el derecho a la dignidad, a la intimidad, a la libertad sexual, a la igualdad y no discriminación por razón de sexo, a la salud laboral y a la seguridad en el trabajo.
Tras estas ponencias, ha intervenido la subdirectora general para la Coordinación de la Inspección del Sistema de Relaciones Laborales de la ITSS, Irene Marín Luengo, quien ha trazado una visión de la reforma laboral desde el punto de vista de la inspección de trabajo y seguridad social, cuando están a punto de cumplirse dos años de su aprobación.
Marín Luengo abundó en la idea de que la reforma aborda distintas materias aunque la nuclear es la modificación del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, que incide en la contratación laboral. Señaló que a raíz de la aprobación de la reforma laboral se han presentado más denuncias: de las 30.000 en 2021 se ha pasado a 34.600 entre enero y octubre de 2023. Afiliacion y falta de alta, tiempo de trabajo y salarios son los asuntos que suscitan un mayor número de actuaciones derivados de expedientes de denuncias. La reforma pretendía corregir la excesiva temporalidad, simplificar la contratación temporal y reducir la temporalidad. El contrato indefinido vuelve a ser ahora la regla general. Según datos de informe del mercado de trabajo a septiembre de 2023, el 82,7% de los asalariados son indefinidos, cuando en 2021 eran un 64,86%. El 17,3 son temporales, frente al 26,95%. El número de indefinidos supone una variación interanual del 9,8%, y los temporales se reducen un 19,8%.
El jefe del Gabinete Técnico Federal de UGT SP, Francisco Casado Galán, ha hecho un balance positivo del Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI. Sobre las retribuciones, recordó que hay 14 mil millones de euros a desembolsar en tres años, que muchas previsiones ya se han cumplido y que están bastante avanzadas muchas negociaciones para cuando se forme gobierno. Recordó que está ya cumplido el incremento variable del 0,5 vinculado al IPCA por la resolución de 5 de octubre de 2023 y que está previsto el incremento variable del 0,5 vinculado al PIB del 2023.
En materia de jornada laboral, señaló, se han quitado todos los obstáculos legales que impedían la negociación de una jornada inferior a las 37,5 horas, y que se han revertido prácticamente todos los recortes de Rajoy. Sí están pendientes, sin embargo, asuntos como la recuperación del carácter de mínimos de los permisos generales y de las vacaciones y la inclusión de la posible jubilación parcial para el personal funcionario y estatutario de los servicios públicos. El acuerdo ha supuesto también eliminar del EBEP la definición de lo que se entiende por circunstancias económicas graves.
Asimismo, repasó los cumplimientos o cuestiones pendientes sobre otras materias como la clasificación de personal al servicio de las Administraciones públicas, la digitalización y el diálogo social, la atracción y retención del talento o, entre otros, el reconocimiento pleno del derecho a la negociación colectiva del personal laboral en el exterior.
Finalmente, Juan Carlos Villalón, profesor asociado de la Universidad Complutense de Madrid, centró su intervención en la acción sindical ante la inactividad administrativa.