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UGT y CCOO defienden que las funciones de los SPEIS sean desempeñadas exclusivamente por bomberos y bomberas profesionales

La plataforma sindical aclara que el voluntariado regulado por la Ley 45/2015 no puede sustituir puestos estructurales ni asumir funciones propias de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento

La plataforma constituida por UGT y CCOO para impulsar una Ley Básica de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento —SPEIS— ha recogido en un documento conjunto quince materias que considera esenciales para regular y homogeneizar estos servicios públicos en todo el Estado.

Ante las interpretaciones surgidas en relación con el punto 8 de la propuesta, dedicado al voluntariado, ambas organizaciones sindicales quieren aclarar que su redacción es inequívoca:

La acción voluntaria, regulada por la Ley 45/2015, no puede sustituir las funciones propias de los SPEIS. Las figuras que no se ajusten a esta normativa deben extinguirse progresivamente y ser sustituidas por personal funcionario de carrera.

Por tanto, la plataforma no avala que el personal voluntario desempeñe funciones estructurales, permanentes o propias de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento. Defiende precisamente lo contrario: estos servicios deben ser prestados por bomberos y bomberas profesionales, con empleo público estable, formación acreditada y condición de funcionarios de carrera.

El voluntariado no puede sustituir empleo público

UGT y CCOO rechazan el denominado “falso voluntariado”, mediante el cual personas sin una relación profesional estable asumen tareas ordinarias y estructurales de los servicios de bomberos.

La denominación de bombero o bombera debe estar vinculada al ejercicio profesional de esta actividad. No puede utilizarse para encubrir puestos de trabajo que deberían ser desempeñados por personal público profesional y que, sin embargo, se cubren mediante figuras voluntarias.

Esta situación constituye una anomalía que debe desaparecer con la futura Ley Básica. Las funciones de prevención, extinción de incendios y salvamento requieren formación especializada, experiencia, responsabilidad, disponibilidad y unas condiciones laborales y de seguridad adecuadas.

Profesionales que participan voluntariamente en acciones humanitarias

Una situación diferente es la de los bomberos y bomberas profesionales que, fuera de su jornada laboral y sin recibir una retribución, colaboran voluntariamente con asociaciones, organizaciones no gubernamentales o equipos especializados de intervención y ayuda humanitaria.

En estos casos sí resulta de aplicación la Ley 45/2015, de Voluntariado, ya que se trata de profesionales que ponen voluntariamente su formación, capacidad técnica y experiencia al servicio de actuaciones humanitarias en España o en otros países.

Del mismo modo que se habla de personal médico o de enfermería voluntario cuando profesionales sanitarios colaboran con una organización humanitaria, la denominación de bombero o bombera voluntaria debe reservarse para profesionales de los SPEIS que realizan este tipo de actividades de manera altruista.

Un servicio público esencial y de gestión directa

UGT y CCOO defienden que los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento constituyen un servicio público esencial que debe prestarse mediante gestión directa y con plantillas suficientes de personal profesional y funcionario de carrera.

Por ello, la plataforma se opone a que las funciones propias de los SPEIS sean desempeñadas por personal voluntario o por figuras que, bajo la denominación de “bomberos voluntarios”, sustituyan empleo público, cubran necesidades permanentes o asuman responsabilidades profesionales.

Esta posición responde al espíritu de la propuesta conjunta y de la futura Ley Básica que ambas organizaciones sindicales están impulsando.

UGT y CCOO continuarán avanzando en la negociación estatal de estas materias, ejerciendo la interlocución que les corresponde como organizaciones sindicales representativas y manteniendo una actitud abierta hacia todas las entidades y colectivos que quieran contribuir a mejorar la regulación de la profesión.

La experiencia de trabajo conjunto desarrollada en materia de prevención de riesgos laborales en los SPEIS demuestra que el diálogo y la acción sindical permiten alcanzar avances importantes. Un ejemplo es la guía elaborada en el ámbito de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, que constituye una referencia para la protección de la seguridad y la salud laboral del colectivo.

La futura Ley Básica debe seguir ese mismo camino: reforzar el carácter público y profesional de los SPEIS, garantizar la seguridad de sus plantillas y ofrecer a la ciudadanía unos servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento eficaces, homogéneos y de calidad.

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UGT Servicios Públicos

UGT Servicios Públicos es una federación de UGT dedicada a defender los derechos e intereses de los trabajadores de los servicios públicos de España.