¡Buenas noticias (y muy esperadas) para el personal laboral del IV Convenio Único! ✨📢
📝 Hoy, 9 de junio de 2026, se ha publicado en el BOE la nueva regulación de la Jubilación Parcial, que sustituye a las instrucciones de 2022 y adapta el procedimiento a los últimos cambios legales.
🔎 Te resumimos los aspectos más importantes:
👤 Requisitos principales
✅ Ser personal laboral fijo a jornada completa.
✅ Tener como máximo 3 años menos que la edad ordinaria de jubilación.
✅ Acreditar al menos 6 años de antigüedad inmediata en la Administración.
✅ Contar con 33 años de cotización (25 años en caso de discapacidad igual o superior al 33%).
⏳ Reducción de jornada
📉 Entre el 25% y el 75%, según la jornada actual y la anticipación de la jubilación.
🗓️ Acumulación de jornada
Podrás concentrar el tiempo de trabajo restante:
🔹 Por días.
🔹 Por semanas.
🔹 Por meses.
🔹 O incluso realizarlo todo seguido en un único período hasta la jubilación total.
🤝 Contrato de relevo
Las jubilaciones parciales anticipadas llevarán asociada la contratación de una persona relevista con contrato indefinido y a jornada completa.
💻 ¿Cómo solicitarlo?
📅 Con al menos 3 meses de antelación.
📲 A través del Portal Funciona.
📄 Adjuntando el informe de vida laboral actualizado.
✊ Desde UGT valoramos muy positivamente esta resolución, que aporta seguridad jurídica y hace posible la acumulación total de jornadas para quienes decidan acogerse a esta modalidad.
📅 La resolución entra en vigor mañana, 10 de junio de 2026.
❓¿Tienes dudas sobre los requisitos, los porcentajes de reducción o la solicitud?
📩 Contacta con tu delegada o delegado de UGT y te ayudaremos.