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Posturas alejadas entre UGT y el grupo Vivanta en el ERE

UGT recuerda que el grupo VIVANTA inició este ERE de manera apresurada, un viernes por la tarde en pleno período navideño y apenas 18 meses después de recibir un préstamo participativo por importe de 20,4 millones de euros y otro ordinario de 19,6 millones del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas (Fasee)..

El pasado 18 de diciembre de 2023 se inició el periodo de consultas del procedimiento de despido colectivo a la amortización y/o extinción del contrato de trabajo de hasta 337 puestos de trabajo ubicados en 133 centros de trabajo pertenecientes a distintas sociedades del Grupo VIVANTA.

Se han celebrado varias reuniones de la Comisión Negociadora en las que se han debatido las distintas propuestas presentadas por parte de la empresa y la parte social. Desde UGT Servicios Públicos han manifestado su desacuerdo ante las mismas en la última reunión celebrada el pasado viernes 12 de enero, al no aceptar el  número total de afectados, los criterios de aplicación  ni la  propuesta económica:

  • Número de afectados: se ha reducido de los 337 iniciales a los 305 por los criterios propuestos por la empresa y  la venta de algunas clínicas en estos días. A pesar de la reducción el número de afectados nos sigue pareciendo excesivo en un 3er ERE en tres años. Además, UGT solicitó en una de las consultas a la empresa el listado/relación de empleados/as de los últimos 3 años y ha podido comprobar que, aunque se hayan aplicado dos despidos colectivos previos, el número de personas trabajadoras totales no se ha visto afectado, llegando, en algún período, a aumentar, por lo que no se da estricto cumplimiento a los objetivos de los EREs.
  • Criterios de afectación: el sindicato no está de acuerdo con los propuestos por la empresa, toda vez que no son criterios objetivos que dependan del desempeño propio del trabajador/a, llegando a ser, incluso, discriminatorios.

En relación al criterio de temporalidad propuesto por UGT, si bien la empresa manifiesta no haber trabajador contratado en modalidad de contratación temporal, en caso de que lo hubiera y estuviera afectado por el presente procedimiento, deberá necesariamente ser incluido.

En la amortización de los puestos de trabajo afectados hasta alcanzar la cifra final se debe aplicar el criterio de menor antigüedad y voluntariedad.

UGT ha propuesto incluir la suscripción de convenio especial con la seguridad social  y conceder durante el periodo de preaviso, una licencia de unas  horas semanales para las personas trabajadoras, sin pérdida de retribución, con el fin de que puedan buscar un nuevo empleo.

Exclusión de colectivos como RLT y víctimas de violencia de género y terrorismo, así como personas trabajadores vulnerables (familiares con discapacidad etc.), salvo en el caso de voluntariedad.

  • Indemnización económica: UGT ha manifestado su  rechazo rotundo a la propuesta de la empresa de 24 días por año de servicios con un máximo de 12 mensualidades por ser claramente insuficiente.

Adicionalmente a las cuantías indemnizatorias desde UGT se ha solicitado que las personas trabajadoras que vean extinguido su contrato de trabajo perciban una indemnización complementaria en función de su antigüedad.

Y, además, el sindicato solicita que para las personas trabajadoras que finalmente resulten afectadas por la medida extintiva y que, a la fecha de inicio del presente ERE tengan la edad de 55 años o superior, y siempre que no tengan la condición de mutualistas (no cotizantes con anterioridad a 1 de enero de 1967), la Empresa financie, en los términos previstos en la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el coste del Convenio Especial con la Seguridad Social hasta la fecha en la que el trabajador cumpla 61 años y acceda a la jubilación voluntaria anticipada.

Mañana 16 de enero finalizará previsiblemente el período de consultas del procedimiento de despido del grupo VIVANTA.

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