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Inminente publicación en el BOE la resolución sobre el despliegue de DICIREG en la Oficina de Registro Civil de Cartagena y sus oficinas colaboradoras, el 28 noviembre

RESOLUCIÓN DE 8 DE NOVIEMBRE DE 2022, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD JURÍDICA Y FE PÚBLICA, POR LA QUE SE ACUERDA LA ENTRADA EN SERVICIO EFECTIVA DE LA APLICACIÓN INFORMÁTICA DICIREG EN LAS OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL DEL PARTIDO JUDICIAL DE CARTAGENA, PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS MISMAS CONFORME A LAS PREVISIONES CONTENIDAS EN LA LEY 20/2011, DE 21 DE JULIO, DEL REGISTRO CIVIL.

La Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil ha previsto un nuevo modelo de Registro Civil que se caracteriza, principalmente, por ser público, gratuito, único para toda España y que se configura como electrónico e interoperable.

La satisfactoria puesta en marcha de esta Ley implica la ejecución coordinada de numerosas actuaciones en los ámbitos normativo, organizativo y tecnológico, así como la colaboración con múltiples organismos, administraciones locales y administraciones autonómicas, preservando la eficiencia en la actuación mediante una implantación progresiva que la haga viable.

La reforma operada por la Ley 6/2021, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, tiene en su finalidad principal este objetivo de implantación progresiva mediante una estrategia posibilista, de tal forma que el juego de las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima, más la adicional segunda, permita la implantación progresiva aludida, con tres escenarios:

 Disposición transitoria cuarta. No se ha iniciado la transformación, sigue el mismo régimen actual.

 Disposición transitoria octava y décima. Se implanta la aplicación informática DICIREG, comenzando las Oficinas a aplicar la Ley 20/2011, de 21 de julio.

 Disposición adicional segunda y transitorias cuarta, octava y décima. Se aprueban las relaciones de puestos de trabajo, quedando completada la creación de una nueva Oficina del Registro Civil.

En tal sentido, la disposición transitoria cuarta según ha quedado redactada, establece que hasta que el Ministerio de Justicia apruebe, mediante Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, la entrada en servicio efectiva de las aplicaciones informáticas que permitan el funcionamiento del Registro Civil de forma íntegramente electrónica conforme a las previsiones contenidas en esta Ley, el servicio de Registro Civil seguirá prestándose según se venía haciendo hasta la fecha. Y esta condición se replica en las demás disposiciones transitorias mencionadas, para dar comienzo a las medidas que pongan en marcha el nuevo modelo.

En su virtud, mediante Resoluciones de esta Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, se acordó la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática DICIREG en las Oficinas Generales de Madrid el 27 de septiembre de 2021, de Barcelona el 29 de noviembre de 2021, del partido judicial de Murcia el 11 de julio de 2022 y el partido judicial de Tarragona el 3 de octubre de 2022, habiendo dado comienzo el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio.

Procede en este momento, en aplicación del plan de estrategia de despliegue previsto en colaboración con las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, dar el siguiente paso en esta puesta en marcha del nuevo modelo y, tras llevar a cabo las tareas preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores, acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de Cartagena y en las oficinas colaboradoras
del Registro Civil de Fuente Álamo de Murcia y de La Unión, pertenecientes a su partido judicial, que han de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.

Desde UGT volvemos a denunciar la situación vergonzosa de seguir transformando Oficinas de Registro Civil de un modelo a otro sin negociar con las organizaciones sindicales ni las nuevas rpts ni el Reglamento de funcionamiento del nuevo modelo y ello, está generando gran inseguridad jurídicas y arbitrariedades que están sufriendo las compañeras y compañeros destinados en estas Oficinas de Registro Civil. 

Resolución

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