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Convocatoria para la negociación del borrador de las bases de convocatoria ordinarias de reposición correspondiente a los años 2020, 2021 y 2022 para Cuerpos Generales al servicio de la Administración de Justicia

 

El Ministerio de Justicia convoca reunión  para el próximo día 15 de septiembre para la negociación de las convocatorias ordinarias de reposición correspondiente a las Ofertas de Empleo Público 2020, 2021 y 2022 para los Cuerpos de Gestión y Tramitación Procesal y Administrativa y para el Cuerpo de Auxilio Judicial.

Justificación de la convocatoria

El retraso acumulado en la ejecución y finalización de los procesos de 2017 y 2018 (que se han visto notoriamente afectados por la pandemia COVID), y las novedades introducidas por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por otra, han ocasionado una superposición de procesos selectivos en el ámbito de la Administración de Justicia.

Entre estas novedades hay que destacar el artículo 2 de la Ley 20/2021, en el que se autoriza un nuevo proceso de estabilización de empleo público adicional al que reguló el artículo 19. Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, para la Administración de Justicia, entre otros sectores.

Por otro lado, en los ejercicios 2020, 2021 y 2022, se han aprobado nuevas Ofertas de Empleo Público ordinarias.

La Ley 20/2021 no ha predeterminado un orden entre los distintos procesos selectivos pendientes de ejecutar. Además, considera compatibles los mecanismos de movilidad y de promoción interna con los procesos de estabilización derivados de dicha Ley.

En el calendario de desarrollo de los procesos selectivos de la Administración de Justicia, se determinó que se convocase un proceso para la promoción interna en el que se acumularían las plazas correspondientes a las ofertas de empleo público para los años 2019, 2020 y 2021. Así, el personal titular de la Administración de Justicia, a través de la convocatoria de promoción interna, podría hacer efectivo su derecho a la promoción profesional, mediante el ascenso desde el cuerpo de pertenencia a otro superior conforme al artículo 490.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 14 c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Dicho proceso fue ya convocado el pasado mes de marzo y se encuentra desarrollándose. En tal proceso no se incluyen las plazas de promoción interna correspondientes a la oferta de empleo público de 2022 pues al momento de la convocatoria aún no había sido aprobada.

Tal y como prevé la disposición adicional quinta del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, las plazas no convocadas correspondientes a las ofertas de empleo público de 2020 y 2021, serán acumuladas a la convocatoria de la oferta de empleo público de 2022. De este modo, la presente Orden lleva a cabo de manera acumulada la oferta de empleo público para el turno libre de los tres ejercicios indicados.

A diferencia de los últimos procesos en los que se aplicó el sistema selectivo de concurso-oposición (dada la naturaleza extraordinaria de esas ofertas de 2017, 2018 y 2019, en las que se combinaban plazas de reposición con las de estabilización), en la presente convocatoria el sistema de ingreso es la oposición. Se ofertan exclusivamente plazas de reposición aprobadas por los Reales Decretos ya mencionados para los ejercicios 2020, 2021 y 2022.

Así mismo, la necesidad de agilizar plazos y acortar la duración de procesos selectivos, a la que seguidamente se hace alusión, aconsejan también la elección de este sistema selectivo de oposición, para así atender en los plazos legales fijados los procesos extraordinarios de estabilización previstos en la Ley 20/2021, que se llevarán a cabo a través de los sistemas de concurso y del concurso-oposición.

Por otra parte, la referida Ley 20/2021 ha establecido también el mandato a las distintas Administraciones Públicas de asegurar el cumplimiento de los plazos de ejecución de los procesos selectivos, mediante la adopción de medidas apropiadas para la agilización de su desarrollo, tales como la reducción de plazos, la digitalización de los procesos o la acumulación de pruebas en un mismo ejercicio, entre otras. En consecuencia, en la presente convocatoria, sin perjuicio de otras medidas que puedan adoptarse para conseguir esta agilización en los procesos selectivos, se concentrarán los diferentes ejercicios de cada uno de los procesos en el mismo día, pero en día diferente para cada uno de los Cuerpos funcionariales.

También como medida para aumentar agilización de los procesos selectivos, reclamada por el Real 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, así como por la Ley 20/2021 ya citada, se procede en estas convocatorias a la reducción de los plazos finales de las mismas, evitando así demoras en su resolución y en la incorporación del nuevo personal.

Finalmente, la presente convocatoria recoge la previsión de elaboración de una relación de posibles personas candidatas para su nombramiento como personal funcionario interino y el procedimiento para que las personas aspirantes puedan manifestar su voluntad de integrarse en ellas, caso de no superar el proceso selectivo.

En este sentido, debemos partir del artículo 489 de la Ley Orgánica del Poder Judicial conforme al cual la selección de personal funcionario interino habrá de realizarse de acuerdo con criterios objetivos, siendo competencia del Ministerio de Justicia o, en su caso de las Comunidades Autónomas que han asumido las competencias en medios personales, la selección de este personal, mediante procedimientos ágiles que respetarán en todo caso los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Por su parte, el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, establece, dentro de los criterios generales de aplicación en los procesos selectivos y sobre la publicidad y gestión de los mismos, que todas las convocatorias determinarán que el órgano de selección elaborará, a la finalización del mismo, una relación de posibles personas candidatas para el nombramiento como personal interino del cuerpo al que pertenezca la convocatoria, con la duración, características y funcionamiento que establezca en su caso el órgano convocante, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública. Esta norma resulta de aplicación también a los procesos selectivos en la Administración de Justicia, por remisión del artículo 484 de la LOPJ. Por ello, el Ministerio de Justicia, para el ámbito no transferido y en aras a futuras incorporaciones de personal interino, incorporará en la presente convocatoria la previsión de que las personas aspirantes puedan optar por formar parte de esta relación de personas candidatas para trabajar como personal funcionario interino, caso de que no superen el proceso selectivo.

Bases

Las bases por las que se regirá la presente convocatoria serán, además de las que se establecen en la presente Orden, las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en lo que resulten de aplicación y no contradigan a las presentes.

En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el resto de la normativa del Estado sobre Función Pública.

La presente convocatoria se publicará en las páginas webs del punto de acceso general (www.administracion.gob.es) y del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo público).

Descripción de las plazas

 Se convoca proceso selectivo para cubrir por el turno libre, a través del sistema de oposición:

1.091 plazas en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa,

1.191 plazas en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa

y 592 plazas en el Cuerpo de Auxilio Judicial, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2020, en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021 y en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, tal y como se establece en los cuadros recogidos en el anexo I de esta convocatoria.

Borrador bases

 


 

 

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