MESA SECTORIAL DE JUSTICIA. VACACIONES Y ASUNTOS PARTICULARES: UGT RECHAZA LA ACTITUD DEL MINISTERIO CON LOS FUNCIONARIOS
UGT instó con suficiente antelación al Ministerio de Justicia para que se pronunciara en relación a la ampliación del plazo de disfrute de vacaciones y asuntos propios en 2021, después de la imposibilidad de su disfrute normal por la declaración del Estado de alarma y para evitar el colapso de las oficinas y juzgados ante la coincidencia de tener que pedirlas antes del 31 de enero. El Ministerio ha esperado a responder hoy en la Mesa Sectorial de Justicia y ha provocado un fuerte enfrentamiento con la parte social representante de los trabajadores, que no entendemos esta arbitraria y decepcionante decisión. Haciendo una equiparación con la Resolución de Función Pública, y concediendo un mínimo de lo solicitado, el Ministerio de Justicia olvida que en Función Pública no se obligó a los funcionarios a coger vacaciones en ningún periodo ni se les restringió el derecho a elegir los días de sus vacaciones con porcentajes de presencialidad, como se nos impuso a los funcionarios de Justicia en la Circular del Secretario General. También olvida el esfuerzo realizado por los funcionarios de esta Administración que como servicio esencial estuvimos al pie del cañón en todo momento. No a todos los servicios de Función Pública se les exigió esta presencialidad, por mucho que nos quieran encuadrar en ella. También recordamos al Ministerio la generosidad para con los funcionarios de Justicia de los responsables en alguna Comunidad con Competencias Transferidas, autorizando sin problemas para las vacaciones, los permisos por asuntos propios y por antiguedad la ampliación del plazo de disfrute de los mismos. Generosiad y diligencia a la hora de organizar el Servicio, porque de esta manera evitarán que los juzgados y oficinas puedan quedar vacías en los próximos días o enfrentarse a la denegación de los permisos.
La propuesta que ha hecho el Ministerio es ampliar el plazo para el disfrute de asuntos particulares solo para tres días de los mismos. El resto se deben disfrutar antes del 31 de enero.
Y en relación con las vacaciones, sólo se autorizará la ampliación del plazo en aquellos supuestos que se acredite su denegación por razón del servicio en el momento de la solicitud y para aquellos que por razones excepcionales relacionadas con la pandemia no hayan podido disfrutarlas.