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UGT Servicios Públicos firma el Convenio Estatal de Distribuidores de Especialidades y Productos Farmacéuticos

 

Hemos firmado definitivamente el convenio colectivo estatal para el comercio de distribuidores de especialidades y productos farmacéuticos, después de 18 meses de dura negociación, marcada por la inflación. Pasamos a relataros los términos del acuerdo, más concretamente los aspectos que se mantienen del anterior, así como las novedades que se han incorporado:

Aspectos más relevantes que se mantienen:

  • Aumentos por antigüedad, 5% por cuatrienio.
  • Incapacidad temporal (complemento al 100 % con la particularidad del artículo 38).
  • Excedencias (mejora sobre el Estatuto de los Trabajadores), la excedencia voluntaria con reserva de puesto.
  • Plus de Coordinación
  • Plus de Nocturnidad.

Novedades:

  1. Prioridad aplicativa del convenio sectorial estatal sobre posibles convenios autonómicos o provinciales.
  2. Vigencia de 3 años: 2021, 2022 y 2023.
  3. Ultraactividad, hasta no se firme un nuevo convenio (reforma laboral).
  4. Creación de una comisión de trabajo sobre contratación para estudiar el modelo de contratación del sector.
  5. Incrementos salariales del:
  • 2% para 2021.
  • 3,5% para 2022.
  • 3% para el 2023.

En caso de que la suma de la inflación de los 3 años supere el 12%, se aplicará ese porcentaje como incremento máximo.

  1. Revisión salarial: Transcurridos los 3 años de vigencia, se sumarán los IPC reales publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) para los años 2021, 2022 y 2023. El resultado de la mencionada suma, si supera los incrementos pactados para los 3 años (8,5%) se aplicará a las tablas salariales, incrementando las mismas en enero de 2024 hasta el 12%.
  2. Jornada laboral: reducción a 1760 horas anuales como máximo, a partir del 1 de enero de 2023.
  3. Incorporación de nuevos artículos sobre:
  • Registro de jornada: destacar la consulta previa con la RLPT, a la implantación del sistema.
  • Trabajo a distancia: se destaca el impulso a alcanzar acuerdos en las empresas del sector sobre esta materia, teniendo como base el Real Decreto Ley 28/2020 y la NTP 412 del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo en lo que respecta a Prevención de riesgos.
  • Desconexión digital: las empresas elaborarán previa audiencia a los representantes de las personas trabajadoras, una política interna dirigida a la totalidad de sus plantillas.
  • Adaptaciones de jornada por motivos de conciliación: regulación de procedimiento.
  1. Licencias: Ampliación a 3 días para el permiso retribuido en caso de hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes de 2º grado de consanguinidad o afinidad.
  2. Igualdad: se crea un nuevo capítulo específico, regulando diferentes recomendaciones para las negociaciones de los planes de igualdad en las empresas del sector.

Los atrasos generados, dado que los efectos económicos se retrotraen al 1 de enero de 2021, se abonarán a las personas trabajadoras como máximo el 30 de septiembre de 2022 de publicarse el convenio en el Boletín Oficial del Estado antes de esa fecha, o como máximo el último día del mes siguiente a la publicación en el BOE, en caso de retrasarse la misma.

Analizado el conjunto global del convenio que os hemos expuesto, los sindicatos firmantes creemos que es un buen convenio, que da seguridad y tranquilidad a las personas trabajadoras del sector, más aún en el contexto social y económico que estamos viviendo.

Por supuesto, todo esto no hubiese sido posible sin vuestro apoyo en los centros de trabajo. De no haber firma, se hubiera mantenido la congelación salarial, y no hubiera  habido atrasos, ni mejora de derechos.

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