UGT RECURRE LA NUEVA ORDEN DE INTERINOS DE LA RIOJA
Desde los servicios jurídicos de UGT, se ha presentado Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, contra la Nueva Orden de Interinos SSG 84/2021 de 11 de Diciembre, por entender que la misma contiene artículos que no se ajustan a la legalidad, como son:
– art. 7.2.i), la incompatibilidad de poder estar inscrito en otras Bolsas de Interinos de la Administración de Justicia de otros ámbitos territoriales, puesto que merma las oportunidades de trabajo, así como resulta discriminatoria, ante la incongruencia de no ser incompatible si te encuentras trabajando en la empresa privada o en cualquier otra Administración Pública.
– art. 21.b), la novedad de este artículo es la figura del “rescate” compartida por este sindicato y conforme respecto al mismo órgano judicial, pero se debe eliminar su extensión a otros órganos de la misma jurisdicción, puesto que entendemos que afecta al resto de aspirantes de la Bolsa, al tener mayor probabilidad de ser llamado, al que ha sido nombrado en jurisdicción con más de un órgano (civil, social, etc…).
– art. 9, la no inclusión de un apartado d) Cursos jurídico-proccedimentales e informáticos, dentro de la valoración de méritos, cortando de un mazazo todos los años de formación de multitud de aspirantes.
– Y por último, desde UGT, no podemos hacer la vista gorda, respecto al art. 27 de Cese por manifiesta falta de capacidad, ante la existencia de jurisprudencia del Tribunal Supremo en sentencia 21 de noviembre de 2017, como actualmente dos sentencias de los Juzgados de lo Contencioso Administrativo nº 1 y 2 de Logroño, cuyos fallos han estimado y dado la razón, ordenando la anulación de las Resoluciones impugnadas, a una funcionaria interina que le fue aplicada la medida de cese y posterior exclusión de la Bolsas de Auxilio, según se le aplicó el art. 17.1.h) de la anterior Orden de Interinos 1/2013 de 25 de Enero, el cual coincide sustancialmente con el actual art. 27 de la Nueva Orden, y que aún van más allá dichas sentencias planteando elevar “Cuestión de Ilegalidad” sobre dicho artículo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.