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UGT ha remitido enmiendas a los grupos parlamentarios de la oposición para intentar evitar la vulneración de nuestros derechos laborales con la Ley de Eficiencia Organizativa

UGT ha presentado una batería de enmiendas a los grupos parlamentarios de la oposición para intentar modificar el articulado más lesivo para nuestros derechos laborales con la implantación de la Ley de Eficiencia Organizativa.

El pasado 13 de abril de 2022 tuvo entrada en el Congreso de los Diputados las Leyes de Eficiencia Procesal y Eficiencia Organizativa dentro del proyecto de la Justicia 2030 del gobierno. 

Puesto que el Ministerio de Justicia ha actuado torticeramente al no haber llevado a cabo una negociación previa, a esa remisión al Congreso de los dos textos ya como Proyectos de Ley. Desde UGT hemos llevado a cabo una serie de reuniones con distitntos grupos políticos de la oposición para a través de ellos poder introducir enmiendas en aquellas modificaciones más perjudiciales para nuestras condiciones laborales.

Con este escrito que recoge nuestras enmiendas al Proyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del servicio público de Justicia, nos centramos en los artículos que más impactan en las condiciones laborales del personal de la Administración de Justicia, refiriéndonos especialmente a los artículos de la L.E.O. que van del setenta y cuatro al noventa y tres y a las disposiciones transitoria primera y cuarta.

La pretensión de UGT  con estas alegaciones es garantizar los derechos laborales del personal de la Administración de Justicia que hasta ahora se han venido detentando pacíficamente y que son homologables a los que tiene el resto del personal
de la Administración General del Estado, pero que se ven expuestos por los términos en los que están redactados algunos artículos de la Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa para el servicio público de Justicia.

El servicio público de Justicia no está reñido con los derechos laborales del personal que lo sirve, y no puede servir de justificación para limitarlos o suprimirlos.

En este sentido las enmiendas que presentamos, unas veces de modificación, de adición o de supresión, aportan una redacción que aclaran el texto y permiten compatibilizar el servicio de la Administración de Justicia con el derecho del personal a tener destino cierto y conocido en los mismos términos de la actualidad.

Enmiendas

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