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UGT enmendará la Disposición Adicional 158 de la LPGE 2021 sobre el Reconocimiento de las lagunas de cotizaciones a la Seguridad Social del personal interino de la Administración de Justicia

UGT enmendará la Disposición Adicional 158 de la LPGE sobre el Reconocimiento de las cotizaciones a la Seguridad Social.

UGT no tira la toalla y reclamará a través de una enmienda de modificación de la Disposición Adicional 158 de la Ley 11/2020 de Presupuestos Generales del Estado la modificación de su texto para garantizar la plena eficacia del derecho al reconocimiento de cotizaciones del personal al servicio de la Administración de Justicia por los períodos referidos, evitando la práctica administrativa de negar dicho reconocimiento hasta que no se solicita la prestación correspondiente.

Ya por el año 2014 personal funcionario y laboral de la Administración de Justicia que solicitaron su vida laboral de cara a solicitar su pensión de jubilación y otras pensiones, descubrieron con gran sorpresa que tenía importantes lagunas de falta de cotizaciones a la seguridad social.

En el año 2015 (18 de diciembre), UGT firmó un Acuerdo con el entonces Ministro de Justicia, que en su punto séptimo decía: “El Ministerio de Justicia se compromete a seguir impulsando la corrección de cualquier incidencia que, acaecida en legislaturas pasadas, pudo haber generado errores u omisiones en las cotizaciones de Seguridad Social del personal que en ese momento era interino, continuando la labor emprendida hasta el momento en la búsqueda de soluciones globales y definitivas”.

Y a pesar de ello, y tras varias reuniones con la Tesorería General de la Seguridad Social y el INSS, no fueron capaces de llegar a un Acuerdo para resolver estas incidencias.

Después, UGT hemos seguido reclamando a los demás equipos ministeriales que se diera una solución a este problema y que estaba ya perjudicando a la posibilidad de jubilarse a compañeras y compañeros que se han visto obligados a prorrogar más tiempo en servicio activo por esas lagunas de cotización por una negligencia del Ministerio de Justicia.

En la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2021, se estableció una Disposición Adicional 158ª, bajo el título “Reconocimiento de las cotizaciones a la Seguridad Social al personal de la Administración de JUsticia, que establecía lo siguiente:

El Gobierno procederá a revisar, de oficio o a petición de las personas interesadas y reconocer como cotizados los períodos que consten trabajados y no cotizados del personal de justicia que presente diferencias entre los períodos efectivamente trabajados que figuren en el certificado de servicios prestados y los que figuran en su certificación de cotizaciones.» 

A raíz de esta Disposición 158ª, el Ministerio de Justicia comenzó a realizar gestiones con la Tesorería General de la Seguridad Social y el INSS para establecer un procedimiento y los trámites necesarios para solventar esta situación y llevar a cabo la corrección de estas incidencias.

Pero la realidad ha sido que  el INSS no está reconociendo, a pesar de las solicitudes, estos períodos de lagunas en sus vidas laborales a aquellas compañeras y compañeros que lo solicitan pero que aún su jubilación no es inmediata, reconociéndoles que tienen derecho a ello pero que hasta que no llegue el momento de solicitar la pensión de jubilación o cualquier otra que le corresponda no se corregirá esas incidencias en su vida laboral.

Con esta enmienda se pretende resolver la situación de inseguridad provocada por las entidades gestoras de la seguridad social a raíz de la interpretación restrictiva que están haciendo.

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