El Sector AGE de UGT-Servicios Públicos ha dirigido en el día de hoy carta a la Directora General de Función Pública con el siguiente texto:
El pasado 14 de octubre nuestra representante en su Consejo General envió una carta a la Directora General de Muface con el siguiente contenido:
“En la última reunión del Consejo General de Muface, celebrado el pasado 5 de octubre, se expuso por parte de la Unión General de Trabajadores el agravio comparativo que sufren los mutualistas de Muface con respecto a los empleados públicos del régimen general en cuanto al cobro del Subsidio por incapacidad temporal, que no sólo impide que se cobren el total de las retribuciones a partir del tercer mes de enfermedad, sino que el cálculo del mismo se realiza a sobre las retribuciones percibidas en el tercer mes de la licencia. Esto supone que en la mayoría de los casos, los empleados que venían percibiendo el complemento de productividad ya no lo perciban, lo que supone que la base para hacer el cálculo del subsidio de incapacidad temporal es mucho menor.
Tal y como expresó la Secretaria de Estado de Función Pública en la reunión del Consejo cuando UGT le planteó esta cuestión, es muy duro que un mutualista que se enfrente a una situación de enfermedad tenga que además sufrir el problema de una merma considerable en sus retribuciones.
La Directora General de Muface contestó a la misma el día 10 del presente mes argumentando lo siguiente:
“Le escribo en contestación a su escrito de fecha 14 de octubre, mediante el cual solicita que “Muface lleve a cabo las medidas que sean necesarias para terminar con este agravio comparativo” en relación con las retribuciones que perciben las personas mutualistas en situación de incapacidad temporal.
En este sentido, si bien esta Mutualidad es consciente de las diferencias en esta materia, también entiende que la solución no debe depender una decisión unilateral de MUFACE, sino que la misma ha de ser fruto de un acuerdo conjunto en el seno de la Mesa General de negociación de la Administración General del Estado, similar al que dio lugar al Real decreto 956/2018, de 27 de julio; tal y como dispone, por otro lado, la regla segunda del punto 1 de la disposición adicional quincuagésima cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 cuando señala que “respecto al personal funcionario incluido en el Régimen de Mutualismo Administrativo, de acuerdo con el régimen retributivo establecido en su normativa, cada Administración Pública podrá acordar, previa negociación colectiva (…)”.
En este sentido, SOLICITAMOS que se incluyan, como punto del Orden del día en la próxima reunión de la Mesa General de negociación de la Administración General del Estado (MGNAGE 34.1), las retribuciones que perciben las personas Mutualistas de Muface en situación de incapacidad temporal, con el objeto de poner fin a este agravio comparativo.
Desde UGT seguimos trabajando en este tema y no cejaremos en nuestro empeño, en aras de proteger y mejorar los derechos de los Mutualistas de Muface.