Situación actual de los procesos selectivos de empleo público (Oposiciones y Bolsas de trabajo)

 

Os queremos informar de los cambios producidos en los procesos selectivos de empleo público (convocatorias de oposiciones y bolsas de trabajo) a consecuencia de las medidas adoptadas por el Gobierno de España y el resto de las administraciones públicas, para combatir la situación de crisis sanitaria provocada por el COVID-19 (Coronavirus).

Como ya os informamos, en virtud de la Disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se estableció la suspensión e interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. Esta medida se ha aplicado a todo el sector público definido en la LPAC, que según su artículo 2 comprende a la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran las Administraciones Locales.

La suspensión de los plazos administrativos conllevó que todas las convocatorias ya publicadas o que han sido publicadas durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas, y cuyo plazo de presentación de solicitudes estaba en curso o han sido anunciados durante este periodo, han visto interrumpidos los plazos de presentación de solicitudes cuyo cómputo se reanudará en el momento en que pierda vigencia el decreto del estado de alarma y las prórrogas del mismo o se anuncie una orden que establezca la reanudación de dichos plazos.

Ahora bien, esta Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se veía modificada por el RD 465/2020 de 17 de marzo que establecía que no sería de aplicación la suspensión de términos ni la interrupción de plazos de aquellos procedimientos en los que se establezca su continuidad por motivos de interés general o funcionamiento básico de los servicios ‘las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios’. Esta modificación amparaba la no suspensión o reanudación de los plazos administrativos de algunas de las convocatorias ya anunciadas o publicitadas durante el estado de alarma.

Recientemente, el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma, anunciaba dentro del Plan para la desescalada, la consiguiente reactivación de la actividad económica, de la movilidad y de las necesidades de los ciudadanos de acceder a los servicios, tanto públicos como privados, facilitando el normal desarrollo de los procedimientos administrativos y judiciales.

Por ello, se prevé el levantamiento de la suspensión de términos y de la interrupción de plazos administrativos, estableciendo, con efectos de 1 de junio de 2020, la derogación de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Preguntas y respuestas

 ¿Cuándo se celebrarán las pruebas de las oposiciones?

Todas aquellas convocatorias que establecen dentro de su proceso selectivo la fase de oposición y que se encontraban a la espera de la fecha del examen o incluso ya tenían anunciado el mismo, con la declaración del estado de alarma vieron suspendidas la celebración de dichas pruebas. La reanudación de las pruebas selectivas está supeditada a que las autoridades sanitarias establezcan la idoneidad de que estas se puedan llevar a cabo en condiciones que salvaguarden la salud y seguridad de todos, por lo que habrá que esperar a la decisión que los diferentes órganos convocantes determinen sobre las mismas atendiendo a las medidas sanitarias que dictaminen las autoridades.

¿Todas las convocatorias reanudan sus plazos a partir del 1 de junio de 2020?

El anuncio del levantamiento de la suspensión de términos e interrupción de los plazos administrativos que conlleva la derogación de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hace prever que a partir de la fecha de 1 de junio de 2020, se reanudarán o reiniciarán todos los plazos que habían sido suspendidos o interrumpidos. 

Ahora bien, os recordamos que algunas convocatorias ya habían reanudado dichos plazos o no habían sido suspendidas amparándose en motivos de interés general o funcionamiento básico de los servicios.

También es posible que algunos organismos convocantes estimen oportuno anunciar un nuevo plazo de presentación de solicitudes, o anuncien su reanudación o el levantamiento de la suspensión, con posterioridad al 1 de junio.

Es necesario diferenciar entre reanudación y reinicio de los plazos.  Aquellas convocatorias que tenían el plazo de presentación de solicitudes en curso cuando se declaró el estado de alarma, si vieran reanudados sus plazos significará que restarán únicamente aquellos días que quedaron suspendidos a partir de la entrada en vigencia declaración del estado de alarma. Sin embargo, el reinicio de los plazos significará que se abrirá un nuevo plazo de presentación de solicitudes en los días que determinan las bases de la convocatoria.

Aquellas personas que presentaron una solicitud en una convocatoria cuyo plazo de presentación se encontraba abierto, no es necesario que presenten una nueva solicitud.

Os recordamos que algunas convocatorias de oposiciones que se habían anunciado previamente a la declaración del estado de alarma, como es el caso de la mayoría de las oposiciones autonómicas de enseñanza, se han visto aplazadas para el siguiente año.

En cualquiera de los casos, nuestra recomendación es que debemos estar pendientes de las decisiones que el organismo convocante anuncie.

¿Cómo puedo saber las convocatorias que se encuentran actualmente en plazo o a la espera de su reanudación?

En trabajarenlopublico.com puedes encontrar el listado actualizado de las convocatorias (oposiciones y bolsas de trabajo) que han sido publicitadas por los diferentes organismos convocantes (estatal, autonómicos y locales). Pero es muy importante estar muy pendientes de los anuncios del organismo convocante ya que la reanudación y levantamiento de la suspensión de los plazos puede no seguir criterios homogéneos y verse supeditado a la situación administrativa y organizativa de los diferentes órganos convocantes.

En el siguiente enlace puedes acceder al listado de las convocatorias que se encuentran publicadas y con el plazo de presentación de solicitudes vigente:

https://trabajarenlopublico.ning.com/convocatorias

Durante estos días os enviaremos el boletín de empleo de los distintos sectores y territorios (para que te lleguen las convocatorias abiertas de tu territorio y/o sector en el que estés inscrito)

¿Cuál es la situación de las bolsas de trabajo de los diferentes sectores?

Como ya conocéis, algunos sectores (especialmente el sector sanitario y de servicios sociales) se han visto en la necesidad de abrir bolsas urgentes de trabajo para poder llevar a cabo servicios esenciales provocados por la crisis sanitaria. Esto ha conllevado que algunas bolsas se hayan abierto para este momento excepcional y se hayan anunciado por distintos cauces a los habituales amparándose en necesidades de atención urgente. Otras bolsas de trabajo, también de otros sectores (policías, administrativos, etc.) también se han abierto por motivos de interés general o funcionamiento básico de los servicios (las podéis encontrar en los diferentes grupos de sectores en trabajarenlopublico.com). En el sector de enseñanza, que vieron interrumpidos los llamamientos al principio del estado de alarma, fueron reanudándolos progresivamente.

Una vez haya finalizado el decreto del estado de alarma y se vuelva a la llamada ‘nueva normalidad’, las bolsas seguirán su funcionamiento habitual, formándose en la mayoría de los casos a través de los participantes de los distintos procesos selectivos o con la convocatoria de las mismas por los diferentes organismos.

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