El Ministerio de Sanidad ha aprobado la exención de visado de recetas, por lo que podrán adquirirse en la farmacia sin necesidad de acudir a MUFACE.
Con motivo de la situación de emergencia de salud pública provocada por el COVID-19, el Ministerio de Sanidad ha resuelto excepcionar transitoriamente, en el ámbito de los Regímenes Especiales de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), la obligación de estampillar el sello de visado de recetas de aquellos medicamentos sometidos, según la legislación vigente, a reservas singulares consistentes en la imposición del visado previo a su dispensación por oficinas de farmacia.
Para aquellos mutualistas que no reciban asistencia sanitaria a través de sistema público, se faculta a las Mutualidades para que puedan adoptar en su ámbito de organización todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a tratamientos con aquellos medicamentos sin cupón-precinto y que son dispensados en los servicios de farmacia de los hospitales privados concertados, con cargo al presupuesto de la respectiva Mutualidad.
Los hospitales dispensadores deberán colaborar con las Mutualidades para la consecución de este fin, con el objetivo de asegurar la asistencia. Estas medidas se extenderán hasta la finalización de la declaración del estado de alarma y de sus posibles prórrogas.
MUFACE recomienda aplazar los trámites o hacer uso del correo electrónico, la sede electrónica, el teléfono de Muface, el 060, así como la App de Muface para dispositivos móviles a fin de realizar las gestiones que se necesiten.
Preguntas frecuentes sobre asistencia sanitaria nacional, en la Unión Europea y extranjero; prestación farmacéutica; solicitud de prestaciones y suspensión de plazos administrativos, y bajas e incapacidad temporal