ELTRIBUNAL CALIFICADOR UNICO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESO EN EL CUERPO DE GESTION PROCESAL Y ADMINISTRATIVA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, SISTEMA DE ACCESO LIBRE CONVOCADAS POR ORDEN JUS/764/2019, DE 10 DE JULIO Reunido en Madrid, a 10 de mayo de 2021, ha adoptado el siguiente ACUERDO
1º. Habiéndose cerrado el plazo de alegaciones al listado con la valoración provisional de méritos de la fase de concurso previstos en el Anexo I I-B de la convocatoria y habiéndose detectado un error en la valoración de oficio realizada por la Administración de los méritos previstos en el punto A de dicho Anexo I IB, relativo a los títulos y grados académicos, que podría causar un irreparable perjuicio a otros aspirantes, se acordó la revisión de oficio de este punto A por parte del Tribunal Calificador Único y los Tribunales Delegados, en su caso, y la publicación, una vez realizada dicha revisión de oficio, de un nuevo listado provisional exclusivamente con la valoración de ese mérito.
2º. El error detectado consiste en que la valoración no se ha ceñido a los criterios establecidos en la convocatoria del proceso, en consecuencia, el Tribunal Calificador Único ha decidido revisar de oficio las puntuaciones otorgadas a cada aspirante.
3º. Según la convocatoria, los títulos y grados académicos a valorar son los siguientes: a. Licenciatura en Derecho, o bien, Grado en Derecho y Máster con contenido de carácter Jurídico: 12 puntos. b. Grado en Derecho: 10 puntos c. Licenciatura en Ciencias del Trabajo, Ciencias Políticas y de la Administración, o Criminología: 8 puntos d. Grado en Ciencias del Trabajo, en Ciencias Jurídicas y de las Administraciones Públicas, en Ciencias Políticas y de la Administración, en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, o en Criminología: 6 puntos. En caso de que el aspirante aporte más de un grado, una diplomatura, arquitectura técnica o ingeniería técnica, se valorarán todas las titulaciones adicionales a la exigida para participar en el proceso selectivo con la siguiente baremación: e. 4 puntos por estar en posesión de tres cursos completos de la licenciatura o grado en Derecho. f. 3 puntos por otras licenciaturas o grados (se considerará únicamente un título) g. 2 puntos por otras diplomaturas, arquitecturas técnicas o ingenierías técnicas (se considerará únicamente un título). Excepcionalmente, el Tribunal Calificador podrá valorar otras titulaciones y grados académicos, relacionados con la Administración de Justicia, no incluidos expresamente entre los anteriormente relacionados. A la vista de lo anterior, únicamente serán valorados los títulos y grados académicos expresamente establecidos en el Anexo I-B, Apartado A de la Orden JUS/764/2019, de 10 de julio. Tribunal Calificador Único Gestión Procesal y Admtva. -Acceso LibreOrden JUS/764/2019 de 10 de julio (BOE de 15 de julio) Página 2 de 2 Como se desprende de la Orden de convocatoria, si el aspirante sólo es poseedor de un título habilitante para su participación en el proceso selectivo, dicho título no se puntuará, salvo que sea uno de los comprendidos en los apartados a, b, c ó d reseñados más arriba, en cuyo caso se valorarán con la puntuación que corresponda. En el caso de los aspirantes que posean más de un título de los establecidos en la convocatoria se valorará de la siguiente manera: si ninguno de los títulos es alguno de los comprendidos en los apartados a, b, c o d reseñados más arriba, no se valorará la titulación exigida para la participación en el proceso selectivo (es decir, una de ellas, siendo ésta la que menos puntuación otorgue al aspirante) valorándose el resto según lo establecido en los apartados e, f y g reseñados más arriba, con las limitaciones que se establecen (sólo una licenciatura o grado, más sólo una diplomatura adicional).
4º. Se acuerda publicar el mencionado listado con la valoración provisional del punto A de dicho Anexo I IB, relativo a los títulos y grados académicos:
Acceso al listado: www.mjusticia.gob.es/es/ciudadanos/empleo-publico/acceso-libre/gestion-procesal19
5º. Se concede a los opositores incluidos en la relación mencionada, el plazo de 5 días hábiles para efectuar las alegaciones pertinentes. Dicho plazo comprende desde el día 11 de mayo de 2021 hasta el día 17 de mayo de 2021 ambos inclusive. No se admitirán alegaciones de aquellos opositores cuya puntuación haya llegado a la máxima posible, salvo que exista algún error material, en cuyo caso deberá así indicarse expresamente.
6º. Las alegaciones se presentarán, exclusivamente, a través de la dirección de correo electrónico que se proporciona en este acuerdo y siguiendo los pasos indicados en las instrucciones que se establecen en este Acuerdo. Dirección de correo electrónico: turnolibre_gestionprocesal_tcu@mjusticia.es Asunto del mensaje: AMBITO_APELLIDOS,NOMBRE_DNI_ALEG Tanto el ámbito territorial por el que se presenta el candidato como los apellidos y nombre deberán ir en letra mayúscula. 7º. Finalizado el plazo otorgado, y resueltas las alegaciones, el Tribunal publicará la relación de aspirantes con la valoración definitiva de la fase de concurso.