El Ministerio de Justicia nos da traslado del protocolo de medidas preventivas para actividad de los IML e INTyCF y para personal que tenga que realizar diligencias en la calle, tal y como venía exigiendo UGT.
Resolución de medidas específicas de seguridad laboral durante la pandemia COVID-19 para los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses y el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, y para otras actividades de riesgo o bajo riesgo en la Administración de Justicia.
La publicación de la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el probabilidad, la determinación de especificidades preventivas adicionales.
Este es el caso de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) y el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF), en los que, por su actividad durante el manejo, tratamiento y análisis de muestras de autopsia (médicos forenses,
oficiales de autopsia y personal del INTCF), el personal de estos centros de destino en la Administración de Justicia puede estar expuesto a material infectivo. Por ello, algunos de sus trabajadores pueden tener mayor probalidad de exposiciones de riesgo.
Por otra parte, las actividades de Fiscales o Letrados y otro personal de los Cuerpos de la
Administración de Justicia, en relación con las diligencias de levantamiento de cadáveres y
los lanzamientos o los registros domiciliarios tienen consideración de exposición de bajo
riesgo, que requerirán la utilización de EPIs adecuados.
Por las anteriores razones, esta resolución se refiere de forma específica a aquellos
trabajadores de la Administración de Justicia con exposición al riesgo biológico, siendo
complementario al resto de las medidas descritas en la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo,
anteriormente mencionada.
En su elaboración se han tenido en cuenta el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre
la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a
agentes biológicos durante el trabajo, el documento técnico “Procedimiento para el manejo
de cadáveres de casos de COVID-19” del Ministerio de Sanidad, y las Recomendaciones
del Consejo Médico Forense con motivo de la pandemia del COVID-19 de 20 de marzo de
2020.
En la presente resolución se recogen las medidas preventivas específicas para las actividades descritas.