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Proceso acoplamiento personal interino en la NOJ de Badajoz

Por la Secretaría de Gobierno se ha transmitido a la Junta de Personal el proceso de acoplamiento del personal interino de los Cuerpos generales de la Administración de Justicia en la NOJ de Badajoz.

El mismo se hará teniendo en cuenta las siguientes disposiciones:

1. El personal interino que estén nombrado por sustitución del titular (situaciones de IT, liberación sindical, excedencia con reserva de puesto de trabajo, etc.) va asociado al destino del personal al que sustituyen.

2. El personal interino que esté nombrado por situaciones de vacante participará en la elección de la plaza vacante aplicándose el criterio su experiencia en el orden jurisdiccional en el que haya prestado mayor tiempo de servicios, según el Protocolo del Ministerio de Justicia de 30 de junio de 2010.

3. Las sustituciones verticales que se estén realizando por personal titular, en el momento de la entrada en funcionamiento de la NOJ, deben cesar, sin perjuicio de que posteriormente, una vez implantada la NOJ, si hay más puestos vacantes, se podrá solicitar de nuevo la sustitución vertical.

4. El personal interino nombrado a consecuencia de que un funcionario titular desempeñe una sustitución vertical en un puesto vacante también participará en lo dispuesto en el punto nº 2. En los casos que el funcionario titular desempeñe una sustitución vertical en sustitución de otro funcionario titular, el funcionario interino nombrado en la plaza reservada al sustituto deberá cesar.

5. El personal de refuerzo de interinos en IT, al igual que el punto nº 1, va  asociado al personal que está de IT.

INFORMA PROCESO ACOPLAMIENTO PERSONAL INTERINO BADAJOZ.

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