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Nuevos salarios para los trabajadores en los anexos I y II C del XII Convenio de Educación Infantil

El pasado 5 de noviembre UGT Servicios Públicos firmó las nuevas tablas salariales que se aplicarán a partir  del  1  de  septiembre  de  2021.  

En  las categorías  que  tengan  un  salario  vinculado al  SMI para adaptar sus salarios, se aplicará  un  incremento  de  15€. Conviene recordar que el SMI en la Educación Infantil es el salario íntegro mensual o anual en 14  pagas, a lo que hay que sumar el concepto del CPP sin que el SMI lo pueda absorber a diferencia de lo que pasa en otros convenios.  El acuerdo recoge además la vinculación, mediante el reconocimiento del diferencial de 10 € mensuales, en favor de las Educadoras Infantiles sobre el SMI. 

UGT Servicios Públicos recuerda que el diferencial de 10€/mes por encima de las categorías vinculadas al SMI sigue siendo insuficiente, por lo que priorizará su crecimiento en el siguiente convenio. Al mismo tiempo, supone la incorporación del reconocimiento del concepto diferencial de la labor de las Educadoras por titulación, cualificación profesional y responsabilidad que ha de servir para culminar en la misma cantidad que había en 2018 con respecto al SMI.  Por insuficiente que sean los 10€, son de cada trabajadora y sirven para situar la base salarial sobre la que iniciar la siguiente negociación en un salario superior.

Nuevos salarios para las trabajadoras y trabajadores  en el Anexo I (Tabla General) del XII Convenio de Educación Infantil

 

El pasado 5 de noviembre  UGT Servicios Públicos firmó las nuevas tablas  salariales que se aplicarán a partir  del  1  de  septiembre  de  2021 del  Anexo  II, Apartado  C  del  XII  Convenio  Colectivo  de  ámbito  estatal  de  centros  de asistencia  y  educación  infantil. Los incrementos parten de la cláusula de revisión salarial de la Disposición Transitoria Octava del propio convenio, sobre los ya modificados al alza el 1 de septiembre. Por tanto, a partir del 1 de septiembre de manera retroactiva se añadirá  otro  incremento, esta vez  del  1,1% como dice dicha disposición:

“A partir del día 1 de septiembre de 2021 y hasta el 31 de agosto de 2022, las  tablas salariales para todos los centros de educación infantil –gestión indirecta- serán las que figuran en el Anexo II, apartado C del presente Convenio Colectivo. ​ En el caso de que el IPC del periodo comprendido entre el 1 septiembre de 2020 y el 31 de agosto de 2021 fuese superior al 2 por 100, se revisarán las mismas en el exceso de la indicada cifra con carácter retroactivo desde el 1 de septiembre de 2021, actualizándose salarios y tablas para posteriores subidas salariales”. 

Nuevos salarios para las trabajadoras y trabajadores  en el Anexo II-Apartado C (Gestión Indirecta) del XII Convenio de Educación Infantil

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