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Los edictos se publicarán, a partir 1 de junio 2021, a través del Tablón Edictal Judicial Único

A partir de hoy los edictos se publicarán a través del Tablón Edictal Judicial Único

En ocasiones, para notificar o avisar a una persona, los juzgados tenían que publicar un extracto de esa información en el tablón de anuncios del propio juzgado, en uno de los periódicos de mayor circulación y en el Boletín Oficial del propio lugar donde se ordenaba el edicto.

El objetivo del nuevo tablón es la plena informatización y unificación en la publicación de resoluciones y comunicaciones judiciales, para poner fin a la dispersión en tablones de anuncios y distintos boletines oficiales.

Los juzgados remitirán directamente los edictos al TEJU sin que proceda ya su entrega a los y las procuradoras y demás profesionales que, hasta ese momento, asumían su presentación en los diversos diarios oficiales para su ulterior publicación.

Para consultar las publicaciones realizadas en el TEJU hay que acceder a página de la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado:https://www.boe.es/edictos_judiciales.

Además, la posibilidad de realizar la suscripción a un sistema de alertas en el TEJU, previa identificación mediante DNI-e o Cl@ve electrónica, permite el acceso a todos los actos de comunicación o publicaciones de edictos que se realicen en el TEJU dirigidas a la persona destinataria que realiza la suscripción, reforzando así las garantías de puesta en conocimiento del acto de comunicación que se realiza mediante la publicación de un edicto.

A partir de hoy la publicación de edictos por parte de los juzgados se realizará a través del Tablón Edictal Único (TEJU), concentrando en un solo medio la publicidad y los actos de comunicación realizados por medio de edictos.

Todos los servicios que se prestan desde el TEJU son gratuitos, así, la inserción del edicto en el Suplemento del Boletín Oficial del Estado, las consultas y las suscripciones al servicio “Mis edictos” están comprendidos en esta gratuidad.

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