La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha declarado que el infarto que sufrió un comercial mientras teletrabajaba es accidente laboral. En la sentencia, adelantada por Noticias Jurídicas, se considera que al producirse durante la jornada se presume que existe un vínculo entre la lesión cardiaca y que el comercial estuviese trabajando.
Si una persona ha tenido un accidente teletrabajando y considera que es un accidente de trabajo, deberá pedir a su empresa que emita un volante de asistencia para poder ser asistido en la mutua de accidentes y, si la mutua considera que no es accidente laboral y le da la baja por contingencias comunes, el trabajador tendría que impugnar esta decisión presentando una reclamación y, en el caso de que la reclamación sea denegada, deberá acudir a la vía judicial.
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