La Gerencia Territorial de Justicia en Extremadura realiza un llamamiento al servicio extremeño de empleo para seleccionar personal interino al Cuerpo de Auxilio Judicial para las provincias de Cáceres y Badajoz
Ofertas de empleo: • Auxilio Judicial en los órganos judiciales de la Provincia de Badajoz. • Auxilio Judicial en los órganos judiciales de la Provincia de Cáceres.
Los candidatos preseleccionados deberán cumplir los siguientes requisitos generales establecidos por la Orden JUS/2296/2005, de 12 de julio, sobre selección, propuesta y nombramiento de funcionarios interinos para cubrir puestos de funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia: a) Ser españoles, mayores de edad, menores de sesenta y cinco años, y encontrarse en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.
b) Figurar inscritos en las Oficinas de los Servicios Públicos de Empleo como demandante de empleo o mejora del mismo.
c) No haber sido condenados, ni estar procesados, ni inculpados por delito doloso, a menos que se haya dictado en la causa auto de sobreseimiento.
d) No estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. e) No haber sido separados, mediante procedimiento disciplinario, del servicio de una administración pública en vía disciplinaria o judicial, salvo que hayan sido rehabilitados.
f) No tener causa de incompatibilidad para el ejercicio de la función pública en la Administración de Justicia de las relacionadas en el artículo 498 de la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, de modificaci6n de la Ley Orgánica 6/1985.
g) No haber sido sancionados por falta muy grave, en los tres últimos años.
h) Haberse presentado al primer ejercicio de las pruebas selectivas de cualquiera de las dos últimas convocatorias de oposiciones a Auxilio Judicial. MINISTERIO DE JUSTICIA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA GERENCIA TERRITORIAL DE EXTREMADURA Avenida Hispanidad, 39 10002 CÁCERES CORREO ELECTRONICO: TEL: 927 216694 Gerencia.caceres@mju.es FAX: 927 221712 Estas han sido convocadas por: a. Orden JUS/60/2020, de 15 de enero (BOE de 27/01/2020) b. Orden JUS/1164/2017, de 24 de noviembre (BOE de 30/11/2017).
i) No padecer defecto físico, enfermedad psíquica, física, o cualquier otra circunstancia que los incapacite para el puesto de trabajo.
Oferta Auxilio Judicial Cáceres
Oferta Auxilio Judicial Badajoz