La Audiencia Nacional da la razón a UGT: Cruz Roja hizo un ERE encubierto

La propia Sala describe la sentencia: La Audiencia Nacional estima la demanda de  UGT y CCOO y considera que Cruz Roja Española ha llevado a cabo un despido colectivo de hecho. Las extinciones por causas objetivas en un periodo de 90 días  deben computarse en totalidad y a nivel empresa aunque obedezcan a causas  diversas que solo afecten a determinados centros de trabajo. Igualmente se  considera fraudulento la resolución de al menos 28 contratos por no superación del  periodo de prueba 

Por parte de UGT se pedía que se dejasen sin efecto los 148 despidos llevados a  cabo entre el 10 de octubre de 2023 y el 10 de enero de 2023 por constituir un  despido colectivo de hecho sin haber respetado la tramitación conforme al art. 51  del ET. La Sala estima la demanda y declara nulos hasta las extinciones por no  superación de prueba. 

Las consecuencias de ello es que Cruz Roja ha de readmitir a las personas  trabajadoras desvinculadas en el procedimiento, así como aquellas que también  hayan sido despedidas en ese periodo como recuerda la propia sentencia. Esta  nulidad implica que estas desvinculaciones quedan sin efecto y en puridad es como  si no se hubieran producido, implicando la readmisión en el puesto de trabajo y  abono de salarios de tramitación. Cruz Roja es una entidad a la que no le gusta la negociación colectiva de ningún  tipo, como queda probado en esta sentencia, a lo cual, debiera haber articulado un procedimiento de despido colectivo y haber negociado con las entidades sindicales  de mayor representación

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