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El Ministro de Justicia y sus recientes aliados, CC.OO y Staj firman un acuerdo de teletrabajo arbitrario y restrictivo para el personal funcionario de la Administración de Justicia


 Del Ministro ya nos lo esperábamos pero no de dos sindicatos que están para mejorar las condiciones laborales de los funcionarios de la Administración de Justicia.

El acuerdo de teletrabajo firmado por Comisiones Obreras y Staj es un acuerdo nefasto para los funcionarios y funcionarias de la administración de Justicia porque permite la arbitrariedad a la hora de autorizarlo o denegarlo, exactamente igual que ha venido ocurriendo hasta ahora.

Desde UGT nos resistimos a que el Ministerio con la anuencia de estos dos sindicatos, mantengan el teletrabajo como una regalía que te pueden conceder o no a capricho del responsable o del Jefe de turno; porque en contra de lo manifestado en sus notas justificativas por éstos, el informe del responsable funcional confirma o no la petición del trabajador para teletrabajar, porque al Secretario Coordinador, al Fiscal Jefe o al Director del Instituto de turno, no se les ha impuesto un plazo para responder a una solicitud de teletrabajo, y ni siquiera tienen obligación de fundamentar su informe; el protocolo de teletrabajo firmado ayer por el Ministerio con Comisiones Obreras y Staj, solo dice que se les dé traslado para que informen lo que estimen pertinente. Esto es una carta blanca, una invitación a que lo concedan o denieguen discrecionalmente. Todos lo vimos y lo denunciamos desde el principio de la negociación, aunque algunos al final se lo han tragado. ¿Dónde está aquí la garantía de igualdad de trato para todo el colectivo de funcionarias y funcionarios de justicia? ¿Dónde la seguridad laboral y jurídica de que se te va a conceder o denegar en función de unos criterios claros y previamente conocidos? Esto es arbitrariedad pura y dura recogida en la resolución que regula las condiciones del teletrabajo en la Administración de Justicia ¿cómo CC.OO y Staj pueden estar de acuerdo con esto?

Y quien puede lo más puede lo menos, está claro. Y en este asunto el que se ha impuesto con la pleitesía de algunos, es el Ministerio: ¿Cómo pretenden estos sindicatos hacer un seguimiento del desarrollo de esta modalidad laboral?, ¿cómo van a saber, más allá de las denuncias de los trabajadores y trabajadoras, como se implementa el teletrabajo? ¿Dónde está recogida la obligación de la administración de informar de cuántas personas están teletrabajando, y en qué órganos y en qué puestos?  Es bochornoso  ver a dos organizaciones sindicales que firman un protocolo de teletrabajo arbitrario y restrictivo.  La única manera de hacer un seguimiento sería a través de las solicitudes del personal, y de las notificaciones de su concesión o denegación, pero ¡oh! Esto no está incluido en el acuerdo. Ni siquiera está recogido que la denegación de autorización se notifique al interesado. Es más, con absoluto desprecio a la buena fe en la negociación, la administración se desdijo de algunas cosas que estaban aceptadas y parecían oportunas, y así también suprimió en el último borrador presentado, la obligación de la administración de remitir a las organizaciones sindicales los cuestionarios de evaluación de riesgos. ¡Toma transparencia!

Por mucho que lo repitan, no hay modos ni medios ni maneras de hacer un seguimiento de cómo se va a desempeñar y desarrollar el teletrabajo en la Administración de justicia con este acuerdo, más allá de lo que te quieran contar desde el Ministerio o desde la Comunidad Autónoma de turno. Es una mentira que los sindicatos que han firmado puedan hacerlo seriamente. Es un acuerdo confuso, indeterminado y opaco, hecho a propósito, para mantener un sistema de teletrabajo que no se adecua a las necesidades del servicio público al ciudadano ni a los derechos de los trabajadores, sino para tapar las carencias organizativas y la falta de compromiso real de la Administración. Esto es lo que han firmado el Ministerio de Justicia con Comisiones Obreras y Staj, es decir arbitrariedad y restricción de derechos.

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