El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha convocado a las organizaciones sindicales que integran la Mesa de Negociación del Personal Docente no universitario, con carácter extraordinario, para abordar como único punto del orden del día la evaluación de las sentencias que hacen referencia a la valoración como mérito de los certificados acreditativos del conocimiento de idiomas extranjeros. En este sentido, el Ministerio ha planteado la necesidad de una modificación técnica que dé seguridad jurídica a los procesos de estabilización para incluir otros certificados de nivel avanzado, diferentes a los que ofrecen las escuelas oficiales de idiomas.
La propuesta que plantea el Ministerio hace referencia a un nuevo apartado 5 del punto 2 de “Formación Académica”, del Anexo I del RD 276/2007, para adaptarlo a las resoluciones jurisdiccionales que exigen incluir en la baremación de méritos de los concursos el conocimiento de idiomas extranjeros, con independencia de la posibilidad de estar en posesión de una titulación de EOI (apartado 2.4).
El nuevo artículo computaría 0,5 puntos por los certificados de conocimiento de una lengua extranjera expedidos por centros oficiales que acrediten la competencia lingüística en un idioma extranjero de nivel avanzado C1 o C2, según la clasificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Los certificados de las Escuelas Oficiales de Idiomas no se baremarán por este subapartado. Asimismo, cuando se presenten por este apartado para su baremación varios certificados acreditativos de la competencia lingüística en un mismo idioma, solo se valorará el de nivel superior.
La modificación se aplicará a todos los procesos de concurso-oposición y concursos de méritos cuando entre en vigor.
Desde UGT hemos exigido que no sigan poniendo parches a la normativa y se aborde una modificación en profundidad del RD 276/2007, donde es necesario abordar la actualización del concurso de traslados, cambios en relación a los baremos de formación permanente o la simplificación de los procesos de adquisición de nuevas especialidades y del sistema de acceso entre grupos de los cuerpos docentes, que siguen pendientes.
No obstante, entendemos que las sentencias judiciales a las que se alude obligan a su cumplimiento, por lo que compartimos las modificaciones planteadas por el Ministerio para garantizar los procesos de estabilización, para que todas las comunidades autónomas apliquen criterios comunes que garanticen la igualdad, mérito y capacidad de los procesos selectivos a los cuerpos docentes.