Orden JUS/ por la que se aprueba la estructura organizativa de soporte-oficina de la Fiscalía Europea en España
El Ministerio de Justicia nos ha dado traslado de la Orden JUS/ por la que se aprueba la estructura organizativa de soporte-oficina de la Fiscalía Europea en España. Su tramitación no podía continuar hasta la publicación el pasado viernes 2 de julio de la Ley Orgánica 9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea.
En la negociación de las rpts para esta nueva unidad hemos celebrado dos reuniones y las plazas que compondrán esta Fiscalía Europea serán:
– 2 plazas singularizadas del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa con un complemento específico de 829,03 euros/mes.
– 5 plazas singularizadas del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa con un complemento específico de 825,24 euros/mes.
– y 1 plaza singularizada del Cuerpo de Auxilio Judicial con un complemento específico de 653,96 euros/mes.
Desde UGT no estamos de acuerdo con que el Ministerio de Justicia haya decidido no poner de momento en marcha la plaza de coordinador del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
Igualmente UGT reitero en las dos negociaciones mantenidas que se creará una plaza más del Cuerpo de Auxilio Judicial pero el Ministerio de Justicia se ha negado a ello, alegando que aún no se sabe la carga de trabajo que tendrá esta nueva oficina.
UGT también nos opusimos a que en estas oficinas se pueda incluir plazas que se ocupen por personal funcionario de la Administración General del Estado o de las Administraciones Autonómicas prestacionales.
Para UGT esta Oficina de la Fiscalía Europea tiene que ser recogida como centro de destino en el artículo 521 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Funciones:
Los miembros de la Oficina de la Fiscalía Europea (EPPO) en España desempeñarán las siguientes funciones:
1. Los miembros del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa tendrán las funciones correspondientes a su cuerpo profesional y todas aquellas que legal o reglamentariamente se establezcan y cualesquiera otras de naturaleza análoga a las anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus competencias.
2. Los miembros del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa desempeñarán las tareas propias de su cuerpo y la realización de todas aquellas funciones que legal o reglamentariamente se establezcan y de cualesquiera otras de naturaleza análoga a las anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus competencias.
3. El miembro del Cuerpo de Auxilio Judicial tendrá como principales funciones las propias de su cuerpo y la realización de todas aquellas que legal o reglamentariamente se establezcan y de cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga a todas las anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus competencias.
Provisión de las plazas:
La provisión de las plazas que se crean mediante esta Orden se realizará por concurso específico, entre los funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial, mediante convocatorias públicas en la que se valorarán los méritos de los candidatos, en relación con las funciones y actividades pretendidas.
Duración:
La implantación de esta Oficina de la Fiscalía Europea es de naturaleza definitiva y permanente en base al Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo de 12 de octubre de 2017 por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea. Por consiguiente, la estructura y dotación de plazas de miembros de cuerpos generales de la Administración de Justicia, que integran la oficina española de la Fiscalía Europea tiene esta misma naturaleza. Sin embargo, la dotación de plazas se revisará en un plazo no superior a 24 meses desde la publicación de la presente Orden.