El Consejo de Ministros celebrado este martes 21 de abril ha dado lugar a 30 novedades en el ámbito económico, que entrarán en vigor gracias a un Real Decrecreto Ley el próximo lunes 27 de abril. En el plan de desescalada del Gobierno está ir desbloqueando el trabajo en tres fases, con la última en verano con la mayoría de los trabajadores acudiendo a diario a sus oficinas. Mientras tanto, este Consejo de Ministros deja una medida en lo referente al teletrabajo, al confirmarse la prorrogación del mismo dos meses más.
El Consejo de Ministros ha aprobado durante ese tiempo la prioridad del trabajo a distancia y también las medidas de adaptación y reducción de jornada para cuidar a personas dependientes. De esta forma, se insta a las empresas a tomar las medidas oportunas para poder teletrabajar.
Además, el Ejecutivo aprobará una prestación para aquellas personas que hayan sufrido un despido estando en periodo de prueba, con carácter retroactivo desde el 9 de marzo. Esta medida también se aplicará para aquellas personas que hayan causado baja voluntaria en un trabajo por tener otra oferta laboral en firme con fecha del 1 de marzo.
El Real Decreto, que saldrá el próximo lunes recoge una modificación de los Expedientes Regulación Temporal de Empleo (ERTE). Con el cambio, aquellas empresas que realicen actividades esenciales podrán aplicar ERTE por causa mayor para aquellos trabajadores que no sean indispensables si sus ingresos se han visto mermados.
También incluirá instrucciones para que los niños y adolescentes de hasta 14 años podrán salir, a partir del próximo lunes, 27 de abril, acompañados por un adulto, pero solo para realizar recados como ir a la compra o al banco. “Podrán acompañar a un adulto, con el que convivan habitualmente, en las actividades que establece el decreto de estado de alarma. Es decir, ir al supermercado, a la farmacia, a las entidades bancarias o a comprar el pan o el periódico”, puso como ejemplo la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior a la reunión. Es decir, solo “salidas ya tasadas, por causas delimitadas, aunque el tiempo evidentemente no lo está”. Este adulto tiene que ser alguien que “habitualmente conviva o esté a cargo del niño”.