El CGPJ acuerda especializar seis juzgados de lo penal para el enjuiciamiento y ejecución de asuntos de violencia sobre la mujer
Los órganos judiciales pertenecen a los partidos judiciales de Badajoz, Logroño, Lugo, Salamanca, Móstoles (Madrid) y Donostia-San Sebastián
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- Comunicación Poder Judicial
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy la especialización de seis juzgados de lo penal para el enjuiciamiento y ejecución de asuntos de violencia sobre la mujer en los partidos judiciales de Badajoz, Logroño, Lugo, Salamanca, Móstoles (Madrid) y Donostia-San Sebastián. Esta decisión se enmarca en el acuerdo adoptado por el órgano de gobierno de los jueces en febrero de 2020, a propuesta de la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Ángeles Carmona, con el fin de dar cumplimiento al Pacto de Estado firmado por todas las fuerzas parlamentarias en 2017 y al mandato contenido en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
En base a los informes emitidos tanto por el Servicio de Inspección del CGPJ como por los Tribunales Superiores de Justicia y las distintas juntas sectoriales de jueces de lo penal y de acuerdo con la competencia que le otorga la LOPJ (art.98.1), la Comisión Permanente ha acordado atribuir el conocimiento de los asuntos relativos a violencia sobre la mujer a los siguientes órganos judiciales:
– Juzgado de lo Penal núm. 1 de Badajoz, con carácter exclusivo, pero no excluyente, en la manera que determine la Sala de Gobierno, el enjuiciamiento y ejecución de asuntos relativos a violencia sobre la mujer.
– Juzgado de lo Penal núm. 1 de Logroño, con carácter exclusivo, pero no excluyente, en la manera que determine la Sala de Gobierno, el enjuiciamiento y ejecución de asuntos relativos a violencia sobre la mujer
– Juzgado de lo Penal núm. 2 de Lugo, con carácter exclusivo, pero no excluyente, en la manera que determine la Sala de Gobierno, el enjuiciamiento y ejecución de asuntos relativos a violencia sobre la mujer.
– Juzgado de lo Penal núm. 2 de Salamanca, con carácter exclusivo, pero no excluyente, en la manera que determine la sala de gobierno, el enjuiciamiento y ejecución de asuntos relativos a violencia sobre la mujer.
– Juzgado de lo Penal núm. 6 de Móstoles, con carácter exclusivo y excluyente, el enjuiciamiento y ejecución de asuntos relativos a violencia sobre la mujer.
– Juzgado de lo Penal núm. 3 de Donostia-San Sebastián, con carácter exclusivo y excluyente, el enjuiciamiento de asuntos relativos a violencia sobre la mujer.