Determinación de Incapacidad Permanente Parcial teniendo en cuenta las tareas que integran su profesión habitual

 

El pasado 11 de marzo el TS dictó sentencia 227/2020 por la que resuelve recurso para la unificación de doctrina, en orden a determinar las tareas que se deben tener en cuenta para la calificación de la situación de incapacidad permanente parcial.

La cuestión se centra en si se han de tomar en consideración las tareas de la profesión habitual del trabajador –en este caso, se trata de un mosso d’esquadra- o las que efectivamente desarrollaba en el momento de producirse el accidente de trabajo -tareas predominantemente administrativas- que le originan las secuelas que padece, concluyendo que se debe considerar la totalidad de las funciones propias de la profesión habitual.

Remitimos breve comentario sobre la misma efectuado por el Servicio de Estudios de la Confederación, insistiendo en la importancia que tiene la resolución del TS a la hora de calificar la incapacidad permanente en función de la capacidad de trabajo o el grupo profesional en el que la persona trabajadora esté encuadrada.

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