La Gerencia Territorial de Justicia de Órganos Centrales nos ha dado traslado de una interpretación con el fin de unificar criterios sobre el disfrute de los días de vacaciones y asuntos particulares.
Con motivo de las incidencias y consultas que se vienen produciendo en relación con el disfrute de los días de vacaciones y asuntos particulares, y con el fin de disponer de criterios uniformes, se informa de lo siguiente:
1) Las peticiones de los días de vacaciones y asuntos particulares deben estar debidamente autorizadas por el/la responsable de la Unidad y validadas por la Gerencia Territorial de Órganos Centrales.
2) En caso de que dicha petición fuera informada desfavorablemente o rechazada por el/la responsable de la Unidad, por concurrir necesidades objetivas del servicio, esta circunstancia debe reflejarse en informe que lo justifique suficientemente, debiendo remitirse a esta Gerencia.
3) El informe sobre las vacaciones o permisos por asuntos propios solicitados, ya sea desfavorable o favorable, debe emitirse con la menor dilación posible tras la solicitud.
4) Con relación al disfrute de las vacaciones y asuntos particulares de los funcionarios interinos, este quedará condicionado a la existencia de días generados en el contingente del año en curso en el sistema AINO@ en el momento de realizar la solicitud.