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Criterios de la Gerencia de Órganos Centrales sobre el disfrute de los días de vacaciones y de asuntos particulares

La Gerencia Territorial de Justicia de Órganos Centrales nos ha dado traslado de una interpretación con el fin  de unificar criterios sobre el disfrute de los días de vacaciones y asuntos particulares.

 

Con motivo de las incidencias y consultas que se vienen produciendo en relación con el disfrute de los días de vacaciones y asuntos particulares, y con el fin de disponer de criterios uniformes, se informa de lo siguiente:

1) Las peticiones de los días de vacaciones y asuntos particulares deben estar debidamente autorizadas por el/la responsable de la Unidad y validadas por la Gerencia Territorial de Órganos Centrales.

2) En caso de que dicha petición fuera informada desfavorablemente o rechazada por el/la responsable de la Unidad, por concurrir necesidades objetivas del servicio, esta circunstancia debe reflejarse en informe que lo justifique suficientemente, debiendo remitirse a esta Gerencia.

3) El informe sobre las vacaciones o permisos por asuntos propios solicitados, ya sea desfavorable o favorable, debe emitirse con la menor dilación posible tras la solicitud.

4) Con relación al disfrute de las vacaciones y asuntos particulares de los funcionarios interinos, este quedará condicionado a la existencia de días generados en el contingente del año en curso en el sistema AINO@ en el momento de realizar la solicitud.

Criterios 

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