Acuerdo de 20 de enero de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo. En la Secretaría General del Consejo General del Poder Judicial se encuentra próximo a quedar vacante y dotado presupuestariamente un puesto de trabajo cuya cobertura se considera necesaria para atender correctamente las funciones y competencias atribuidas a ese órgano técnico. Por ello, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, ha acordado convocar un concurso de méritos para su provisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 625 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Las características del puesto se describen en el anexo I de este acuerdo. El concurso de méritos se regirá por las siguientes normas:
Requisitos de participación.
1. Podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios/as de carrera de las administraciones públicas pertenecientes o integrados en cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo «C1» a que se refiere el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y los/as funcionarios/as de carrera pertenecientes a los cuerpos o escalas de Gestión Procesal y Administrativa y de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, de conformidad con el artículo 624 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas para desempeñar el puesto de trabajo y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
2. Los funcionarios/as con destino definitivo podrán participar siempre que hayan transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo. No será necesario cumplir este plazo para los funcionarios/as que hayan sido removidos del puesto de trabajo obtenido por el procedimiento de concurso o, también, si ha sido suprimido su puesto de trabajo. Los funcionarios/as con destino definitivo en el Consejo, podrán participar si ha transcurrido, al menos, un año desde su toma de posesión en el último destino definitivo, salvo en el caso de aquellos/as que participen desde un puesto de trabajo con nivel inferior al convocado.
3. Los funcionarios/as en situación administrativa de servicios en otras administraciones públicas o de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar sólo podrán participar en el concurso si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido más de dos años en las indicadas situaciones. En el caso de la primera situación mencionada deberá haber transcurrido asimismo un plazo de dos años desde que obtuvieron su último destino definitivo.
Modelos, plazos y condiciones de presentación de solicitudes y documentación justificativa.
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo que está disponible en la página www.poderjudicial.es «Empleo Público-Convocatorias en curso-2022».
2. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas e impresas, se dirigirán a la Secretaría General del Consejo General del Poder Judicial y se presentarán, junto a la documentación que más adelante se indicará: a) en el Registro General del propio Consejo (Marqués de la Ensenada número 8, 28071 Madrid)
b) en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
c) en la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https:// registroelectronico.poderjudicial.es/tramites /TR0000000402 si se dispone del correspondiente certificado electrónico.
Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes será dentro de los quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Solo serán válidas las solicitudes cumplimentadas a través de la página web indicada, no admitiéndose modelos auto editados o rellenados a mano.