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Convocatoria comisión de seguimiento del Acuerdo de 15 de diciembre de 2021 (grupo de trabajo de la Ley de eficiencia organizativa y nueva Ley de Registro Civil

 

Convocatoria comisión de seguimiento del Acuerdo de 15 de diciembre de 2021 para próximo 29 de marzo de 2022 a las 16.30 horas

El pasado 16 de marzo se reunió por primera vez la comisión de seguimiento del Acuerdo de 15 de diciembre de 2021 firmado por UGT,csif, staj y ciga. En este Acuerdo se negoció el incremento de complemento específico para los Cuerpos Generales y Especiales de la Administración de Justicia, para los Letrados y para los Médicos Forenses. Pero este Acuerdo tiene una segunda parte también muy importante donde se recogen otros elementos de negociación, que ya estamos poniendo en marcha como el grupo de trabajo de la carrera profesional y el grupo de trabajo sobre la negociación de la Ley de Eficiencia Organizativa.

El Ministerio de Justicia nos ha convocado para el próximo martes para comenzar la negociación de el Anteproyecto de la Ley de Eficiencia Organizativa que va a suponer un gran cambio en la organización del trabajo en los órganos judiciales.

Principales modificaciones:

– Así esta Ley supone la desaparición de los Juzgados de Paz que serán sustituidos por la Oficina de Justicia Municipal: estas nuevas oficinas mantendrán las actuales funciones y se amplían a otras nuevas (aumento su catálogo) dentro de la Administración de Justicia. 

El objetivo de estas Oficinas de Justicia Municipal, será evitar que la ciudadanía de los municipios rurales tengan que desplazarse a las capitales para realizar gestiones ante la Administración de Justicia.

Necesidad de mantener la estructura territorial especialmente en un momento de riesgo de despoblamiento en zonas rurales.

– Implementación de los Tribunales de Instancias: existirá un único Tribunal en cada partido judicial apoyado por una organización única que le dará soporte a través del nuevo modelo de oficina judicial. 

Este Tribunal de Instancia tendrá su sede en la capital del partido judicial de la que tomará su nombre.

El Tribunal y la Oficina Judicial permitirán la corrección de las disfunciones derivadas en las formas de proceder en aspectos puramente organizativos y procedimentales.

– Oficina Judicial: se crea nuevo modelo de oficina judicial para todo el país.

La actividad de la Oficina judicial se realizará a través de las unidades procesales de tramitación y los servicios comunes que se determinen.

Las unidades y servicios que componen la Oficina Judicial podrán desempeñar sus funciones al servicio de órganos de una misma jurisdicción, de varias jurisdicciones o a órganos especializados. 

La Unidad Procesal de tramitación, es aquella unidad de la Oficina Judicial que realiza funciones de ordenación del procedimiento y asiste directamente a Jueces y Magistrados. Estas Unidades podrán estructurarse en áreas y estas, a su vez, si el servicio lo requiere en equipos. 

Por servicio común procesal, se entiende toda aquella unidad de la Oficina Judicial que, asume labores centralizadas de gestión y apoyo en actuaciones derivas de la aplicación de las leyes procesales. Y prestarán su apoyo a todos o a alguno de los órganos judiciales de su ámbito territorial, con independencia del orden jurisdiccional al que pertenezcan y la extensión de su jurisdicción. 

Introduce la figura del puesto de trabajo deslocalizado de personal funcionario y profesionales.

En fin, un nuevo modelo de oficina judicial que implicará realizar todas las rpts y negociarlas.

Que no se pierda ni un sólo puesto de trabajo.

Que no haya por los acoplamientos perdidas retributivas para nadie.

UGT considera que toda esta negociación y cambios en las oficinas judiciales tienen que venir de la mano de la implantación de la carrera profesional.

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