El CGPJ establece que durante el estado de alarma solo podrán presentarse escritos procesales vinculados a actuaciones judiciales urgentes y siempre a través de LexNET
O de los sistemas telemáticos equivalentes habilitados en Navarra, Aragón, Cantabria, Cataluña y el País Vasco. En ningún caso se podrán presentar escritos de manera presencial. El alcance de la suspensión de plazos procesales se extiende a los que rigen para la presentación de la solicitud de concurso. La situación de los miembros de la Carrera Judicial aislados o contagiados por coronavirus se considerará asimilada a accidente de trabajo a los efectos del subsidio de incapacidad temporal.
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Desde UGT criticamos el tiempo que el CGPJ ha tardado en tomar esta medida para blindar la salud del personal de la Administración de Justicia y evitar contacto con el público.