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Calendario Laboral 2025 – UGT logra eliminar del texto la imposición de vacaciones fuera del periodo estival

Tras una negociación tardía y poco respetuosa por parte de la Dirección de RRHH, ya se ha publicado el calendario laboral definitivo para 2025. La reunión para tratar el calendario laboral tuvo lugar el 12 de mayo, muy lejos de los plazos establecidos legalmente y en la normativa interna de Correos. Desde UGT denunciamos en dicha reunión el retraso injustificable de la empresa, que no solo ha generado desorganización en las unidades y dificultades en la planificación de las vacaciones, sino que representa una falta de respeto a la plantilla y a sus representantes.

La Dirección presentó el mismo borrador del año anterior, en un intento de cumplir con el trámite sin intención de alcanzar acuerdos, como ya viene ocurriendo desde años anteriores. UGT rechazó esta chapuza y reclamó medidas urgentes para acabar con los abusos y la imposición unilateral en materia de jornada, horarios, permisos y descansos.

En el texto definitivo no hay nada nuevo, nada sobre las alegaciones y peticiones de UGT para incorporar mejoras excepto que se ha eliminado del texto final dos párrafos confusos que no estaban amparados por el Convenio, que fueron impugnados en su día por UGT ante la Audiencia Nacional y que hemos exigido que se eliminen del texto en nuestras alegaciones. En concreto, desaparecen las referencias a: El supuesto 5% mensual de vacaciones fuera del periodo general y la restricción del disfrute de 15 días en verano únicamente «si es su voluntad«. Estas correcciones suponen un importante avance en la defensa de los derechos de la plantilla, evitando restricciones injustificadas que no se ajustaban al marco legal. Sobre aspectos relevantes del calendario:

  • Vacaciones. Se consolida lo conseguido por UGT en 2023 aplicando los porcentajes recogidos en el Convenio. El artículo 56.c del Convenio reconoce para personal laboral, previo acuerdo de las partes, disfrutar las vacaciones en periodos inferiores a la quincena, siendo el mínimo de una semana. El 30 de abril es la fecha en la que deben ser conocidas y estar expuesta en el cuadro de servicios de la unidad.
  • Asuntos Particulares (AAPP). La redacción final sigue siendo tendenciosa, especialmente en lo relativo al supuesto disfrute obligatorio del 50% en el primer semestre. El convenio no obliga.
  • Festivos. Se mantiene el logro de UGT de años anteriores con respecto a los servicios en festivos que deben fijarse con una antelación mínima de un mes los servicios a desarrollar y la relación de personal necesario informando a la representación sindical. Aun así, exigimos que se planifiquen y negocien con más antelación, especialmente en centros logísticos, para garantizar la conciliación.
  • Campaña Navidad. Se impone de nuevo el límite de 2 días de permiso sin penalización en Campaña de Navidad, una medida arbitraria que rechazamos.
  • Jornada y conciliación. La empresa vuelve a ignorar nuestra propuesta para que el personal con jornada especial pueda trabajar en horario continuado o realizar teletrabajo por la tarde durante el periodo estival. Tampoco se ha aprovechado la negociación del calendario para crecer en fórmulas que favorezcan la conciliación en la empresa ni para acotar los abusos en las distintas Áreas en la gestión, concesión o denegación de los permisos, asuntos particulares y licencias de los empleados y empleadas.

UGT también reiteró la necesidad de incorporar al texto lo recogido en los acuerdos Correos-Sindicatos de 31 de diciembre y 15 de marzo de ir a una jornada semanal de 35 horas sin pérdida retributiva, así como la regulación efectiva del teletrabajo.

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UGT Servicios Públicos

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