El día 4 de mayo la empresa presentó otro ERTOP (Expediente de regulación por causas técnicas, organizativas o de producción) en paralelo al de Fuerza Mayor y que se haría efectivo cuando terminase el primero.
La diferencia entre uno y otro es que, mientras en el de fuerza mayor no es posible la negociación de condiciones, en el ERTOP sí. Para ello, se abre un periodo de consultas de 7 días, en el día de hoy se ha producido la segunda reunión, la primera fue de presentación, la parte sindical reunidos ayer, hicimos una solicitud de información para que se nos hiciera llegar hoy.
En dicha reunión, la empresa ha manifestado que se nos entregará la información requerida, pero que no entendían por qué motivo si el ERTE no es por causas económicas, les habíamos requerido tantos datos financieros, pero que harían acopio de los mismos y nos los harían llegar.
La parte sindical les hemos explicado que tal y como nosotros vemos el ERTOP, la empresa de una forma muy clara ha manifestado desde el principio, que necesita un mecanismo de flexibilidad económica para poder dar resultados a los accionistas, cuestión que entendemos no es el espíritu de un procedimiento de estas características.
Un ERTOP es un procedimiento por el cual, empresas con problemas se benefician de la flexibilidad que da el Estado aportando solidariamente una parte del salario a los trabajadores y trabajadoras, con el fin de que la empresa se mantenga a flote, no es un procedimiento para que las empresas mantengan sus beneficios.
También la empresa ha mantenido que está dispuesta a negociar porcentajes de afectación de reducción de jornada entre el 10% y el 50% que no se había planteado en la memoria, yendo más allá que en el de fuerza mayor, cuya afectación es entre el 10% y el 20%, o incluso sacar o meter a personas, en ningún caso está dispuesta a negociar complementar el salario de las personas afectadas, porque el desempleo sólo paga el 70% los primeros 6 meses y el 50% desde el séptimo, quiere decir que en ningún caso la persona afectada va a cobrar lo mismo que cobraba.
Además, un ERTE o ERTOP supone que el tiempo que estás en ello, no devenga de cara a las pagas extras, ni las vacaciones, o sea además de no cobrar el 100% del salario, se reducirán en la misma medida, pagas y vacaciones. Por otro lado, mientras que en el de fuerza mayor pone el contador a cero en cuanto al desempleo, el ERTOP no. Esto quiere decir que, si dentro de 6 meses la empresa despide a los trabajadores y trabajadoras, tendrán que restar de desempleo, el tiempo que han estado en ERTOP.
La empresa ha basado el ERTOP en la situación actual y la imposibilidad de que los comerciales vayan a las farmacias, pero la realidad es que admite que el problema es de resultados económicos ante los accionistas y eso no es motivo suficiente ni ético para que el Estado regale un dinero a empresas solventes como ésta, en vez de poder emplearlo en recursos sanitarios que ya estaban mermados antes de la pandemia y ahora la necesidad ha sido latente.
En el momento actual, la parte social de la mesa negociadora, entendemos que no existe motivo alguno a expensas de analizar toda la documentación, para dar por buenas las causas que la empresa alude, por lo que pediremos vuestro apoyo y colaboración por si en un momento determinado, tuviéramos que oponernos con todos los medios posibles.
La empresa nos ha pedido un principio de solidaridad entre los y las trabajadoras, pero constatamos que en el listado de personas afectadas no están incluidas las que presuntamente tienen los salarios más altos, como son el Comité Ejecutivo y Responsables de determinados departamentos afectados, ya que humildemente entienden que ellos son imprescindibles y requieren de todo su tiempo y su salario para sacar adelante a la empresa.
Seguiremos informando de la marcha de buena fe de las negociaciones.