ELTRIBUNAL CALIFICADOR UNICO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESO EN
EL CUERPO DE GESTION PROCESAL Y ADMINISTRATIVA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, SISTEMA DE ACCESO LIBRE CONVOCADAS POR ORDEN JUS/764/2019, DE 10 DE JULIO
Reunido en Madrid, a 29 de octubre de 2020,
Ante las diversas consultas realizadas en relación a la presentación tanto del formulario de autoevaluación como de la documentación relativa a la justificación de los méritos establecidos en la convocatoria se comunica lo siguiente:
A. En este momento procesal se distinguieron dos actuaciones diferentes, por un lado, la presentación de un modelo de autoevaluación, y por otro la presentación de la documentación justificativa de los méritos correspondientes al historial profesional.
B. El modelo de autoevaluación es un resumen, que realiza cada opositor, de la puntuación que estima que debería obtener en la fase de concurso en función de la documentación acreditativa que pueda aportar o que la Administración valore de oficio.
Este modelo resumen es independiente de la presentación de la documentación
justificativa que deba aportar el aspirante o de aquella que valore de oficio la Administración.
C. La presentación de la documentación justificativa de los méritos correspondientes al historial profesional, que es la única (si el opositor dio su consentimiento en la
presentación de la instancia inicial para la valoración de oficio por la Administración del
resto de los méritos establecidos en la convocatoria ) que debe aportarse por el opositor, deberá hacerse a través de la aplicación informática habilitada al efecto y cuyo acceso se produce a través de la dirección URL publicada en la página web
so#).
D. Ante los numerosos problemas informáticos detectados con el modelo de autoevaluación propuesto (problemas de descarga, cumplimentación, firma y otros) se ha decidido eliminar dicho documento, ya que si bien la convocatoria prevé la aportación de dicho modelo, la implementación de la aplicación informática habilitada para la presentación de la documentación justificativa del historial profesional y la estimación de oficio del resto de méritos establecidos en la convocatoria, suplen la presentación del modelo de autoevaluación por los aspirantes.
Acuerdo: